Los pueblos indígenas y el Estado pluralista en Latinoamérica
Resumen El reconocimiento constitucional de la configuración multiétnica y pluricultural de sus poblaciones por parte de una serie de Estados latinoamericanos, reforzado por las ratificaciones del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (oit), constituye un rompimiento simbólico con el pasado, tal vez se pueda hablar de un sistema multicultural dentro de una región. Las normas internacionales y el nuevo constitucionalismo pluralista implican una Declaración de derechos colectivos y sugieren el Reconocimiento explícito por parte del Estado de derecho de los pueblos indígenas, en un determinado territorio y en un grado especificado, de acuerdo con sus propias costumbres políticas y jurídicas. Tal reconocimiento formal presenta el desafío de lograr un equilibrio entre la participación indígena en el Estado y sus instituciones y el respeto para la autonomía de las instituciones indígenas.
- Referencias
- Cómo citar
- Del mismo autor
- Métricas
Bronstein, A. S. 1998: Hacia el Reconocimiento de la Identidad y de los Derechos de los Pueblos Indígenas en América Latina: Síntesis de una Evolución y Temas para Reflexión, convocado conjuntamente por el Organismo Judicial y la Corte Suprema de justicia de Guatemala. Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM), Pueblos Indígenas, Organización Mundial del Trabajo [Online] https://www.oit.or.cr/mdtsanjo/indig/bronste.htm
Cabedo Mallol, v. 2012: Pluralismo Jurídico y Pueblos Indígenas. Barcelona: icaria, Editorial s.a.
Cruz Villalón, P. 2003: «El Juez como Garante de los Derechos Fundamentales». En Constitución y Poder Judicial. XXV Aniversario de la Constitución de 1978. Madrid: Consejo General del Poder Judicial, 31-32.
Cuche, D. 2004: La noción de cultura en las ciencias sociales. Buenos Aires: Nueva Visión.
Durand Alcántara, C. H. 1998: Derecho nacional, derechos indios y derecho consuetudinario indio. Los Triquis de Oaxaca, un estudio de caso. México: Universidad Autónoma Chapingo y Universidad autónoma Metropolitana, 280.
Fraser, N. 1992: «Rethinking the Public Sphere: a Contribution to the Critique of Actually Existing Democracy». En C. Calhoun: Habermas and the Public Sphere. Cambridge Ma: Mit Press.
González Galván, J. A. 2000: «El reconocimiento del derecho indígena en el Convenio 169 de la OIT». En J. E. O. Ordóñez Cifuentes (coord.): Análisis interdisciplinario del Convenio 169 de la OIT. México: ix Jornadas Lascasianas, Unam, 84-94.
Hamel, R. E. 1990: «Lenguaje y conflicto en el derecho consuetudinario y positivo», En R. Stavenhagen y D. Iturralde (comps.): Entre la ley y la costumbre. México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 25, 205-230.
Hoekema, A. 1998: «Hacia un pluralismo jurídico formal de tipo igualitario». América Indígena, 1998, vol. lviii, n.º 1 y 2: 279.
Iturralde, D. 1993: «Usos de la Ley y usos de la costumbre; La reivindicación del derecho indígena y la modernización del Estado». En AA. VV.: Derecho, pueblos indígenas y reforma del Estado. Quito: Abya-Yala, 125-150.
Kelsen, H. 1982: Teoría Pura del Derecho. Traducción de la 2.ª ed. en alemán, por R. J. Vernengo. México: Universidad Nacional Autónoma de México, 206.
Kymlicka, W. 1995: Multicultural Citizenship. Oxford: Clarendon Press.
Núñez Palomino, P. G. 1996: Derecho y comunidades campesinas en el Perú 1969-1988. Lima: Centro de Estudios Regionales «Bartolomé de las Casas» y Centro Ocupacional «Jesús Obrero», 30.
Olguín Martínez, G. 2000: Los Mecanismos de Control de la OIT en Materia de Derechos Indígenas (Aplicación Internacional del Convenio Número 169). México, D.F.: Ce-Acatl., 15-17.
Perafán, S. C. C. 1995: Sistemas Jurídicos Paez, Kogi, Wayúu y Tule. Bogotá: Instituto Colombiano de Antropología— Colcultura.
Perafán S.C.C. y Azcarate, L. A. 1996: Sistemas Jurídicos Tukano, Chamí, Guambiano y Sikuani, Bogotá Instituto Colombiano de Antropología
Rico, J. M. 1998: Crimen y justicia en América Latina. México: Siglo veintiuno editores, s.a. de c.v.
Rocha, M. 1995: «El Estatuto de los ‘Pueblos Indígenas’ en el Derecho Internacional». En Derecho y Poder: la cuestión de las tierras y los pueblos indios. Chapingo: Universidad Autónoma de Chapingo, 53-54.
Sánchez Botero, E. 1998: Justicia y pueblos indígenas de Colombia. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, Unijus.
Sánchez Botero, E. 1999: La jurisdicción especial indígena. Bogotá: Procuraduría General de la Nación, 61.
Stavenhagen, R. 1994: «Indigenous Rights: Some Conceptual Problems». En W. Assies y A. Hoekema: Indigenous Peoples’ Experiences with Self-Government. Copenhague: Iwgia y Universidad de Ámsterdam.
Stavenhagen, R. 1999: «Derecho consuetudinario indígena en América Latina». En R. Stavenhagen y D. Iturralde (comps.): Entre la Ley y la costumbre. México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 27-46.
Tamayo, E. 1997: «Derecho indígena en Honduras». En América Latina en movimiento, https://alainet.org/active/show_text.php3?key=206-.
Tamayo Flores, A. M. 1998: «Balance y perspectivas de la jurisdicción indígena y el derecho consuetudinario, a partir del contexto de vulnerabilidad que enfrentan los pueblos indígenas amazónicos». En C. Yáñez (ed.): Normas y los otros: Avances en la afirmación de los derechos de los pueblos indígenas amazónicos. Lima: Defensoría del Pueblo, 131-202.
Taylor, C. 1994: Multiculturalism; Examining the Politics of Recognition. New Jersey: Princeton University Press.
Tolima. Jurisdicción Especial Indígena. 2005: Ejercicio del Derecho Propio, El Caso del Tribunal Superior Indígena de Tolima-CRIT. Colombia, Ibagué: Corporación Gestión y Desarrollo Ciudadano, 10.
Wray, A. 1993: «El problema indígena y la reforma del Estado». En Derecho, pueblos indígenas y reforma del estado. Quito: Abya-Yala, 11-61.
Yrigoyen, F. R. 1999: Pautas de coordinación entre el derecho indígena y el derecho estatal. Ciudad de Guatemala: Fundación Mirna Mack, 30.
Yrigoyen, F. R. 1999: «El reconocimiento constitucional del derecho indígena en los países andinos». En W. Assies, G. Van Der Haar y A. Hoekema (eds.): El reto de la diversidad; pueblos indígenas y reforma del Estado en América Latina. Zamora, Mich.: El Colegio de Michoacán, 343-380.
Zambrano Rodríguez, C. V. 2007: Derechos, Pluralismo y Diversidad Cultural. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 40.
Cabedo Mallol, v. 2012: Pluralismo Jurídico y Pueblos Indígenas. Barcelona: icaria, Editorial s.a.
Cruz Villalón, P. 2003: «El Juez como Garante de los Derechos Fundamentales». En Constitución y Poder Judicial. XXV Aniversario de la Constitución de 1978. Madrid: Consejo General del Poder Judicial, 31-32.
Cuche, D. 2004: La noción de cultura en las ciencias sociales. Buenos Aires: Nueva Visión.
Durand Alcántara, C. H. 1998: Derecho nacional, derechos indios y derecho consuetudinario indio. Los Triquis de Oaxaca, un estudio de caso. México: Universidad Autónoma Chapingo y Universidad autónoma Metropolitana, 280.
Fraser, N. 1992: «Rethinking the Public Sphere: a Contribution to the Critique of Actually Existing Democracy». En C. Calhoun: Habermas and the Public Sphere. Cambridge Ma: Mit Press.
González Galván, J. A. 2000: «El reconocimiento del derecho indígena en el Convenio 169 de la OIT». En J. E. O. Ordóñez Cifuentes (coord.): Análisis interdisciplinario del Convenio 169 de la OIT. México: ix Jornadas Lascasianas, Unam, 84-94.
Hamel, R. E. 1990: «Lenguaje y conflicto en el derecho consuetudinario y positivo», En R. Stavenhagen y D. Iturralde (comps.): Entre la ley y la costumbre. México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 25, 205-230.
Hoekema, A. 1998: «Hacia un pluralismo jurídico formal de tipo igualitario». América Indígena, 1998, vol. lviii, n.º 1 y 2: 279.
Iturralde, D. 1993: «Usos de la Ley y usos de la costumbre; La reivindicación del derecho indígena y la modernización del Estado». En AA. VV.: Derecho, pueblos indígenas y reforma del Estado. Quito: Abya-Yala, 125-150.
Kelsen, H. 1982: Teoría Pura del Derecho. Traducción de la 2.ª ed. en alemán, por R. J. Vernengo. México: Universidad Nacional Autónoma de México, 206.
Kymlicka, W. 1995: Multicultural Citizenship. Oxford: Clarendon Press.
Núñez Palomino, P. G. 1996: Derecho y comunidades campesinas en el Perú 1969-1988. Lima: Centro de Estudios Regionales «Bartolomé de las Casas» y Centro Ocupacional «Jesús Obrero», 30.
Olguín Martínez, G. 2000: Los Mecanismos de Control de la OIT en Materia de Derechos Indígenas (Aplicación Internacional del Convenio Número 169). México, D.F.: Ce-Acatl., 15-17.
Perafán, S. C. C. 1995: Sistemas Jurídicos Paez, Kogi, Wayúu y Tule. Bogotá: Instituto Colombiano de Antropología— Colcultura.
Perafán S.C.C. y Azcarate, L. A. 1996: Sistemas Jurídicos Tukano, Chamí, Guambiano y Sikuani, Bogotá Instituto Colombiano de Antropología
Rico, J. M. 1998: Crimen y justicia en América Latina. México: Siglo veintiuno editores, s.a. de c.v.
Rocha, M. 1995: «El Estatuto de los ‘Pueblos Indígenas’ en el Derecho Internacional». En Derecho y Poder: la cuestión de las tierras y los pueblos indios. Chapingo: Universidad Autónoma de Chapingo, 53-54.
Sánchez Botero, E. 1998: Justicia y pueblos indígenas de Colombia. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, Unijus.
Sánchez Botero, E. 1999: La jurisdicción especial indígena. Bogotá: Procuraduría General de la Nación, 61.
Stavenhagen, R. 1994: «Indigenous Rights: Some Conceptual Problems». En W. Assies y A. Hoekema: Indigenous Peoples’ Experiences with Self-Government. Copenhague: Iwgia y Universidad de Ámsterdam.
Stavenhagen, R. 1999: «Derecho consuetudinario indígena en América Latina». En R. Stavenhagen y D. Iturralde (comps.): Entre la Ley y la costumbre. México: Instituto Indigenista Interamericano e Instituto Interamericano de Derechos Humanos, 27-46.
Tamayo, E. 1997: «Derecho indígena en Honduras». En América Latina en movimiento, https://alainet.org/active/show_text.php3?key=206-.
Tamayo Flores, A. M. 1998: «Balance y perspectivas de la jurisdicción indígena y el derecho consuetudinario, a partir del contexto de vulnerabilidad que enfrentan los pueblos indígenas amazónicos». En C. Yáñez (ed.): Normas y los otros: Avances en la afirmación de los derechos de los pueblos indígenas amazónicos. Lima: Defensoría del Pueblo, 131-202.
Taylor, C. 1994: Multiculturalism; Examining the Politics of Recognition. New Jersey: Princeton University Press.
Tolima. Jurisdicción Especial Indígena. 2005: Ejercicio del Derecho Propio, El Caso del Tribunal Superior Indígena de Tolima-CRIT. Colombia, Ibagué: Corporación Gestión y Desarrollo Ciudadano, 10.
Wray, A. 1993: «El problema indígena y la reforma del Estado». En Derecho, pueblos indígenas y reforma del estado. Quito: Abya-Yala, 11-61.
Yrigoyen, F. R. 1999: Pautas de coordinación entre el derecho indígena y el derecho estatal. Ciudad de Guatemala: Fundación Mirna Mack, 30.
Yrigoyen, F. R. 1999: «El reconocimiento constitucional del derecho indígena en los países andinos». En W. Assies, G. Van Der Haar y A. Hoekema (eds.): El reto de la diversidad; pueblos indígenas y reforma del Estado en América Latina. Zamora, Mich.: El Colegio de Michoacán, 343-380.
Zambrano Rodríguez, C. V. 2007: Derechos, Pluralismo y Diversidad Cultural. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia, 40.
Brandão Bárrios, L. . (2020). Los pueblos indígenas y el Estado pluralista en Latinoamérica. AIS: Ars Iuris Salmanticensis, 8(2), 29–56. Recuperado a partir de https://revistas.usal.es/cuatro/index.php/ais/article/view/25689
Descargas
Los datos de descargas todavía no están disponibles.
+
−