El origen jurídico público del Ius Fiscale. Parte segunda: Las finanzas públicas del Principado en Roma
Resumen
El Ius Fiscale tiene su origen y fundamento en el Ius Publicum. En dogmática jurídica la autonomía científica debe respetar tres postulados esenciales: normas jurídicas, principios fundamentales y una realidad social concreta, que es la actividad financiera. Siendo esta una actividad instrumental, crea y regula diversos recursos tendentes a financiar gastos públicos, de modo exacto, a través de un instituto presupuestario. Los recursos del Ius Fiscale giran en torno a tres categorías: vectigalia, tributa y portoria, y otras exacciones. El más importante, por amplitud de supuestos y eficacia recaudatoria, era el portorium.
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