ISSN: 0213-2052 - eISSN: 2530-4100
DOI: https://doi.org/10.14201/shha32165

LA RECUSATIO IMPERII DE CONSTANTINO: UNA ESTRATEGIA DE LEGITIMIDAD DISCONTINUADA

Constantine’s recusatio imperii: a discontinued strategy of legitimacy

Antoni NIEVA
Universitat de Barcelona
nieva@ub.edu
ORCID: https://orcid.org/0000-0002-7974-7371

Fecha de recepción: 18/07/2025Fecha de aceptación: 26/11/2025

RESUMEN: Este estudio evalúa el único testimonio de la recusatio imperii del emperador Constantino tras su proclamación en el año 306, recogido exclusivamente en el Panegírico Latino VI (7) del año 310. A través del análisis histórico y literario, se demuestra que este rechazo del poder es una construcción retórica sin base factual, introducida como estrategia legitimadora puntual en un contexto político desfavorable. La investigación enmarca el pasaje en la tradición del tópico de la recusatio imperii y explica cómo, a consecuencia de la posterior consolidación de una narrativa dinástica, se trata de un recurso que fue discontinuado en los autores subsiguientes. Se concluye que su carácter excepcional en la tradición literaria refleja un momento concreto de experimentación ideológica en la propaganda de la cancillería constantiniana.

Palabras clave: Constantino, recusatio imperii, Panegyricus Latinus VI (7), legitimidad imperial.

ABSTRACT: This paper examines the only account of Emperor Constantine’s recusatio imperii after his proclamation in 306, recorded exclusively in the Panegyricus Latinus VI (7) of 310. By means of historical and literary analysis, it demonstrates that this rejection of power is a rhetorical construct with no factual basis, introduced as a specific legitimising strategy in an unfavourable political context. The research outlines the passage within the literary tradition of the recusatio imperii topic and explains how, because of the subsequent consolidation of a dynastic narrative, it is a technique which is discontinued by subsequent authors. It concludes that its exceptional nature in the literary tradition reflects a specific moment of ideological experimentation in the propaganda of Constantine’s imperial chancellery.

Keywords: Constantine, recusatio imperii, Panegyricus Latinus VI (7), imperial legitimacy.

1. INTRODUCCIÓN: LA PROCLAMACIÓN IMPERIAL DE CONSTANTINO

Dentro de las limitaciones inherentes impuestas por la documentación conservada para la investigación histórica de la Antigüedad, pocos acontecimientos trascendentales presentan un corpus textual tan abundante como el relativo a las circunstancias que rodearon la proclamación imperial de Constantino el 25 de julio de 306. Este conjunto de fuentes, que asciende a unas veinte1 y entre las cuales destacan el binomio narrativo de Lactancio-Eusebio y la obra de Zósimo —por su sesgo opuesto— como principales crónicas del acontecimiento, reiteran una serie de elementos comunes. Dichos elementos, como si fueran progymnasmata retóricos, se unen entre sí para generar toda una serie de narrativas estables con el fin de contextualizar y, sobre todo, legitimar o condenar los acontecimientos relacionados con la ascensión de Constantino.

Se trataba de un tema sensible, puesto que tanto en el caso de Constantino como en el de cualquier otro emperador, el objetivo general de este tipo de relatos era presentar la proclamación imperial de cara a la posteridad como el acto fundacional de un gobierno legítimo o el inicio de una usurpación. La diferencia entre los imperatores y los tyranni es evidente en el tratamiento terminológico de las fuentes2, pero se realiza mediante el juicio moral y no por adscripción a un vocabulario jurídico-técnico3. No existía, por tanto, una distinción clara entre los aspectos que constituyen un gobierno legítimo y una usurpación más allá de la narrativa textual4.

Hoy día podemos definir en qué consiste la figura de un usurpador5, pero se trata de un consenso establecido por los autores de la Contemporaneidad6. En la Antigüedad, cada tratado de filosofía política establecía su propio criterio a la hora de diferenciar un emperador legítimo de un tirano7. De nuevo, estas definiciones —o estas opiniones— sobre qué es la tirana solo comparten el juicio moral negativo hacia sus acciones.

En el caso concreto de los acontecimientos que tuvieron lugar el 25 de julio del año 306, es preciso contextualizar que la llegada al poder de Constantino constituyó, sin lugar a dudas, una usurpación según el marco legal de la Tetrarquía8 de acuerdo con la historiografía actual9. Esta valoración política también fue un aspecto relevante para los autores antiguos que abordaron el tema y que, como ya hemos dicho, emplearon una serie de estrategias para reforzar o menoscabar las pretensiones de Constantino de ejercer el gobierno en función de sus propios intereses prosísticos.

En el registro documental hay un pasaje que no parece tener paralelo alguno con el resto de las narraciones conservadas. Nos referimos al episodio en el que Constantino rechaza la dignidad imperial que le ofrece el ejército. Este rechazo solo aparece en el panegírico dedicado a Constantino en el año 31010. Se trata del Panegyricus VI, según la tradición manuscrita, o del Panegyricus 7, según el orden cronológico, recopilado en la colección XII Panegyrici Latini11. En este pasaje debemos reconocer sin duda alguna el tópico literario de la recusatio imperii12, es decir, el falso rechazo del poder por parte de un pretendiente con el fin de demostrar que la negativa a aceptarlo es precisamente lo que hará de él un buen gobernante13.

Hasta ahora, el pasaje había recibido un trato marginal por parte de la historiografía14. Con esta contribución, más allá de presentar el primer estudio monográfico sobre la recusatio imperii de Constantino, nos proponemos una serie de objetivos relacionados con la importancia del pasaje dentro del contexto literario general. Así, además del análisis textual, nuestro trabajo evaluará diversos aspectos de trascendental valor histórico. Concretamente, ¿cuáles son las particularidades de esta recusatio en relación con las demás recusationes?; ¿cuál es su importancia en el contexto político del año 310?; y, sobre todo, ¿por qué se trata de un pasaje sin análogos en las demás fuentes textuales que abordan la proclamación de Constantino?

2. LAS RECUSATIONES IMPERII EN CONTEXTO: HISTORIOGRAFÍA

A priori, parecería haber poca conexión entre la elección de Pío X como papa en 1903 y la proclamación imperial de Constantino en 306. Sin embargo, el interés historiográfico por el concepto de recusatio imperii surgió, justamente, como resultado del cónclave que eligió al cardenal Giuseppe Sarto como obispo de Roma. Tras ser elegido papa, Sarto rompió a llorar porque se consideraba indigno de tal honor. En 1908, el folclorista Arnold van Gennep, motivado por el hecho de que Pío X “consciemment ou non, le nouveau pape a agi de la même manière que les anciens évêques élus de la primitive église”, escribió un ensayo en el que analizaba este “ritus de refus” como un rito de paso común entre los gobernantes de diferentes culturas y períodos de la historia humana15.

Cuatro décadas después, el ensayo de Arnold van Gennep motivó, a su vez, la reflexión de Jean Béranger, que identificó la teorización del “ritus de refus” como equivalente a un tópico literario que se repetía en las narraciones de la Antigüedad en el contexto de las proclamaciones imperiales. Así, en 1948 apareció el primer artículo que abordaba el concepto de recusatio imperii, titulado “Le refus du pouvoir”. Béranger dedujo que “le geste du refus, si banal qu’il soit devenu, n’en symbolise pas moins un aspect original, peut-être unique”16. Sobre esta base, el autor ampliaría el estudio de la cuestión unos años más tarde en el tercer capítulo de Recherches sur l’aspect idéologique du principat, que se convirtió en la obra de referencia sobre esta cuestión durante la segunda mitad del siglo XX. En esta publicación, Béranger llegó a la conclusión de que este ritual tenía el siguiente propósito: “anticipant, il répond aux objections, formulées ou tacites. Il redoute les insinuations fourbies à l’enseignement de la rhétorique. Il fuit l’ombre du tyran : la silhouette présente trop d’analogies. Il empéche la confusion en creusant un abime souvent artificiel entre ce qu'il prétend étre et ce qu’il rejette”17.

También Béranger elaboró el primer intento de catálogo —desde Augusto hasta el usurpador Máximo de Hispania— de las diferentes recusaciones imperiales. Es en esta lista donde se identifica por primera vez el pasaje del panegírico del año 310 como una clara evidencia del concepto de recusatio imperii18. Werner Hartke ya se había referido en 1951 al rechazo del poder por parte de Constantino como un “Topik der Ablehnung”19, pero no lo había asociado con esta tradición más amplia en la que trabajaba Béranger.

El término recusatio imperii se introdujo como concepto en la historiografía posteriormente. En primer lugar, Ezio Bolafi, refiriéndose al concepto utilizado por Béranger del “rifiuto del podere”, acuñó el término potestatis recusatio20, pero este concepto no ha tenido continuidad en la literatura académica. Fue Andrew Wallace-Hadrill, en su análisis sobre la ambivalencia de Augusto entre ciudadano y monarca, el pionero en emplear el término recusatio para referirse a “Beranger’s accession ritual” 21. Más adelante, Alexander Jakobson y Hannah M. Cotton, autores del primer artículo monográfico sobre una de estas recusationes —la de Calígula—, fueron, a su vez, los primeros en referirse a este tópico literario con el nombre de recusatio imperii22. El concepto fue utilizado originalmente como una ocurrencia en el título del artículo, pero acabó por hacer fortuna en la literatura académica. Aunque fueron pocas las publicaciones sobre la cuestión del rechazo del poder, estas comenzaron a referirse al mismo bajo la denominación de recusatio imperii23.

Los estudios sobre esta cuestión tuvieron su punto de inflexión en el año 2004 con la aparición de la tesis doctoral de Ulrich Huttner. En su estudio, el autor define la recusatio imperii como “recusatio imperii bedeutet also die lediglich inszenierte oder aber die konsequente Ablehnung der Machtübernahme durch den Prätendenten”, y estas pueden ser tanto sinceras como una farsa política24. Las segundas, como es el caso de la constantiniana, constituyen un ritual político y simbólico que transcurre por varias fases: la oferta del poder por parte de una autoridad; el rechazo inicial —la recusatio propiamente dicha—; la presión colectiva; la aceptación del poder; la legitimación externa por parte del Senado, el ejército o señales divinos25. Tras su publicación, la obra se ha convertido en el referente sobre el tema y desde entonces el interés por la recusatio imperii ha aumentado enormemente.

Este impulso historiográfico también ha implicado un efecto en el tratamiento de la recusatio imperii del año 306. Hay que reconocer a Huttner su labor pionera en el estudio de la recusatio de Constantino: le dedica unas pocas páginas26, pero constituye la base de las escasas referencias al tema hasta la actualidad27.

3. LAS RECUSATIONES IMPERII EN CONTEXTO: TRADICIÓN HISTÓRICO-LITERARIA

En realidad, el tópico literario de la renuncia al poder político, en el imaginario romano, se remonta mucho más atrás de lo que Béranger y Huttner determinaron en sus estudios. El precedente más antiguo es el caso de Cincinnato, que fue designado dictador por seis meses y renunció al cargo después de dieciséis días al haber terminado su tarea28. Este precedente no es una recusatio imperii al uso, pero las alabanzas hacia la figura de Cincinnato, aún comunes durante la Antigüedad Tardía29, nos permiten ver de qué manera el rechazo de los honores públicos, en la cultura política romana, es una acción cargada de una altura moral que merece admiración.

La práctica de la recusatio imperii empezó, de hecho, antes de la instauración del Imperio. Los grandes líderes del último siglo de la República ya habían comenzado a poner en práctica este ritual. Casio Dión ya señala que Pompeyo Magno tenía la costumbre de hacerse de rogar a la hora de aceptar un cargo que deseaba en su foro interno30. A esta acción la historiografía la ha denominado recusatio provinciae31. Y más notable, por sus implicaciones históricas, es el uso que Julio César hizo de la recusatio imperii como ritual político. La primera recusatio de César —que bien podríamos considerar una recusatio ‘triumphi’— tuvo lugar cuando el victorioso procónsul de la Hispania Ulterior renunció a su triunfo para concentrar sus esfuerzos en su primera elección consular32. Más allá de esta, Suetonio da noticias de varias recusaciones en las que César afirma: Caesarem se, non regem. La más famosa, aquella en la que Marco Antonio presenta varias veces una corona a César durante las Lupercalia mientras la plebe ya lo saludaba como rey de Roma, para desgracia —fingida— de César. Y también, con anterioridad, durante las Latinarum, un individuo colocó una corona de laurel sobre su estatua; los tribunos de la plebe ordenaron retirarla y César se mostró contrariado con ellos porque su acción gloriam recusandi privavit33. La historiografía actual concibe este episodio como una recusatio imperii en dos fases: los cesarianos habrían tratado de realizar el ritual de rechazo durante las Latinarum pero, frustrados por la acción de los tribunos, aplazaron la farsa política a las Lupercalia34.

Pero, como en tantas otras cosas, el principal artífice en la definición del ritual político que hoy denominamos recusatio imperii fue Augusto, quien llevó a cabo esta práctica en diversas ocasiones. Él mismo, en sus Res gestae, en un ejercicio de transparencia institucional, se esfuerza por destacar que nunca aceptó (non recepit / nullum recepit) más honores que los necesarios para restituir el poder de la República35. Pero la recusatio imperii central de su gobierno es la que, paradójicamente, marca la fundación del Imperio Romano. Casio Dión relata, en un largo pasaje, cómo en el año 27 a. C. Octaviano devolvió los poderes a la República y, tras una supuesta reticencia, los aceptó de nuevo por petición popular y de las instituciones, convirtiéndose así en Augusto. Más adelante también rechazaría la dictadura (22 a. C.) y la reiteración consular (23 a. C.)36, como confirman tanto Suetonio como, de nuevo, el propio Augusto37.

La renuncia del 27 a. C., evidentemente, no es más que una farsa política y el ejemplo más paradigmático de lo que Huttner denomina “inszenierte recusatio imperii”. No se trata de una renuncia genuina, sino de un movimiento político diseñado para reforzar la posición moral del emperador y legitimar su papel de salvador abnegado del Estado38. El significado histórico principal de este acto político es que Augusto transforma el tópico literario de la modestia simulada romana en un ritual institucional que puede ser utilizado como herramienta de poder39. Sobre estas primeras recusationes queremos destacar, finalmente, que la recusatio imperii del 27 a. C. no solo constituye un modelo a imitar políticamente por los sucesores de Augusto. El relato de Dión en Historia Romana se convierte, al mismo tiempo, en un precedente literario a imitar para los autores posteriores40. De este modo, por recusatio imperii se entiende un ritual político que puede coexistir como realidad histórica y/o tópico literario.

Esto por lo que respecta a los orígenes del Imperio. Cronológicamente, las recusationes imperii más cercanas a la proclamación imperial del 25 de julio de 306 en Eboracum son dos evidencias que se produjeron el año anterior, durante la reestructuración de la Tetrarquía. Nos referimos tanto a la abdicación de Diocleciano como a la pequeña recusatio de Constancio al convertirse en el primer Augusto del Imperio. Ambos casos, eso sí, son poco ejemplares:

En primer lugar, la abdicación de Diocleciano41 se correspondería con un ejemplo de lo que Huttner denomina “konsequente recusatio imperii”. Huttner la califica de “radikalste Machtverzicht” 42, puesto que se trata de la única evidencia en toda la historia del Imperio de una renuncia voluntaria43 al poder. Este hecho sin paralelos44 es, sin duda, complejo dentro de la norma de las recusationes. Por un lado, se trata de una doble abdicación en la que el segundo de los augustos, Maximiano, claramente no quería abandonar la dignidad imperial45. Por otro lado, como ya reconoce Huttner, no presenta ni los elementos ni la terminología habitual que utilizan los autores que describen una recusatio imperii46. Adicionalmente, también podríamos añadir que la negativa de Diocleciano a volver al gobierno para dedicarse al cultivo de sus oli47 es una narración más similar a la recusatio de Cincinnato que a la recusatio imperio como tópico literario.

La recusatio imperii del año 305 por parte de Constancio es más una excepción que la norma. Esta, al igual que la anterior, solo ha sido estudiada por Huttner muy brevemente48 y la noticia solo la da Eutropio: Constantius tamen contentus dignitate Augusti ltaliae atque Africae administrandae sollicitudinem recusavit49. Sin embargo, en el fragmento, Constancio no rechaza la autoridad imperial —ya es emperador— ni el ascenso a augusto. En contra de lo que plantea Huttner, seguimos la definición del concepto de Omissi o Schulman50, y, por tanto, no estaríamos ante ninguna clase de recusatio imperii. Se trata de un recurso más similar a la idea de la recusatio honorum, que define el mismo Huttner51. Se trataría de una situación parecida a la recusatio provinciae pompeyana, pero con la diferencia de que la recusatio honorum, en vez de una farsa política, es de carácter “konsequente”. Hay que añadir que el sentido de este fragmento de Eutropio es justificar la poca iniciativa de Constancio en la formación de la Segunda Tetrarquía, una necesidad que comparte Lactancio52. Finalmente, Huttner también añade que la recusatio imperii de Constancio “unterschwellig schwingt” en el panegírico en honor a su hijo53.

Esto por lo que respecta a los referentes históricos más cercanos en el tiempo. En el ámbito literario, el tema de la recusatio imperii en el panegírico de Constantino tiene su paralelo textual más inmediato en la recusatio de Trajano, tratada por Plinio el Joven54. No en vano, la colección de los XII Panegyrici Latini comprende once panegíricos de la Antigüedad Tardía y el panegírico de Plinio: “en tête du recueil ils plaeérent le Panégyrique de Pline, dont ils reeonnaissaieut ainsi l’originalité, la primauté et le parrainage”55. Se trata de un ejemplo paradigmático del uso de la recusatio imperii, pero, sorprendentemente, esta evidencia no fue tratada en la monografía de Huttner56. Ahora bien, un análisis del fragmento nos demuestra que, en efecto, el pasaje en el que se produce la recusatio imperii de Trajano responde perfectamente a la estructura narrativa definida por el propio Huttner. La sección cinco del panegírico de Plinio plantea que la ciudadanía de Roma aclamó a Trajano como emperador; Trajano se negó a aceptar; los ciudadanos quisieron que obligarlo; Trajano se obstinó en no asumir el poder; el ejército logró imponerse a la modestia de Trajano57. El núcleo central se encuentra, evidentemente, en la recusatio imperii propiamente dicha: recusabas enim imperare, recusabas quod erat bene imperaturi58. Explícitamente, Plinio destaca que el rechazo del poder, precisamente porque se produce, es el elemento más claro a la hora de demostrar la legitimidad de un emperador.

Todo este conjunto de evidencias literarias y/o históricas previas —si es que la distinción es, de hecho, posible y/o significativa— es la tradición de la que se nutre el autor del panegírico del año 310 a la hora de plantear el pasaje en el que se produce el rechazo del poder por parte de Constantino.

4. CONTEXTO HISTÓRICO-LITERARIO DE LA RECUSATIO IMPERII DE CONSTANTINO

La primera fuente donde se da noticia de los sucesos del 25 de julio de 306 en Eboracum es el panegírico declamado en la doble celebración de 307 en ocasión del matrimonio de Constantino con Fausta y la elevación de Constantino al rango de augusto por Maximiano. El autor se refiere al episodio de la siguiente manera:

tibi pater imperium reliquisset, Caesaris tamen appellatione contentus exspectare malveris ut idem te qui illum declararet Augustum. Siquidem ipsum imperium hoc fore pulchrius iudicabas, si id non hereditarium ex successione crevisses, sed virtutibus tuis debitum a summo imperatore meruisses59.

En la narrativa, Constantino se habría convertido en emperador tanto por obra de su padre, que le dejó (reliquisset) el poder en calidad de césar, como por la mano de Maximiano60, que lo declaró (declararet) augusto. Así, el panegirista de 307 reconoce una doble legitimidad en el poder de Constantino, basada en una proclamación en dos tiempos: la proclamación inicial en Britania se sustentaba en el principio hereditario, mientras que su elevación como augusto respondía a un principio meritocrático (virtutibus tuis) reconocido por Maximiano, a quien Constantino, a su vez, reconocía como senior Augustus61. Una realidad observable en la estructura sintáctica de la segunda oración62. De esta manera, la primera evidencia sobre los acontecimientos del 25/VII/306 evaluaba los hechos en un híbrido entre sucesión hereditaria y principio tetrárquico.

A esta fuente la sucede, cronológicamente, el panegírico de 310 en honor a Constantino recitado por un orador anónimo de Autun en Augusta Treverorum63. Este es el texto central de este estudio, y Stanilav Doležal lo incluye dentro de la tradición narrativa que legitima la proclamación imperial de Constantino como una sucesión hereditaria64. Sin embargo, Doležal se equivoca al situar el nombramiento de Constancio simultáneamente a la realización de la campaña contra los pictos del año 30565. Su referencia para esta conclusión es el siguiente pasaje:

receptusque est consessu caelitum Iove ipso dexteram porrigente quin immo statim sententiam rogatus cui imperium decerneret, dixit ut decebat Constantium Pium: manifeste enim sententia patris electus es, imperator66.

El fragmento hace referencia a que el nombramiento de Constantino como emperador responde a una sententia patris. Pero esta sententia se produce tras el fallecimiento de Constancio: en la primera parte del pasaje se especifica que Constancio ya había sido recibido en la asamblea divina (consessus caelitus). Así, la legitimación del nombramiento no se habría producido durante la resolución de la campaña de padre e hijo en Britania, sino que se trataría de una interpretación de la voluntad de Constancio tras su apoteosis, como demuestra la aparición de la dextera Iovis67 en el pasaje. En el mejor de los casos, Constancio es un referente extraterrenal, pero no un actor con capacidad de acción política.

Más correcta es la consideración planteada por Charles Nixon, que destaca cómo el principio hereditario, el nombramiento de Constancio y la ratificación celestial constituyen una “multifaceted claim”68. Pero para el autor del panegírico del año 310, la iniciativa real, es decir, en el plano físico y no espiritual, correspondería al ejército:

ilico enim atque ille terris fuerat exemptus, universus in te consensit exercitus69.

Una decisión, según la narración, que los militares habrían tomado de manera independiente, ya que le ofrecieron el poder mientras Constantino velaba a su padre:

purpuram statim tibi, cum primus copiam tui fecit egressus, milites utilitati publicae magis quam tuis adfectibus servientes iniecere lacrimanti; neque enim fas erat diutius fleri principem consecratum70.

Por tanto, nos hallamos ante una “reclamación multifacética”, sí, pero que también incorpora una legitimación militar que debe ser debidamente también considerada ya no solo como parte integral del conjunto, sino como la preponderante: es la única que sucede en la realidad física. Así, se establece una reclamación, efectivamente, multifacética, pero también jerarquizada.

Esta narrativa nos lleva a la siguiente sucesión de acontecimientos: 1) muerte de Constancio; 2) apoteosis; 3) designación extraterrenal; 4) nombramiento del ejército; 5) Constantino egressus est. Después seguirá con 6) la recusatio imperii; 7) aceptación final. La relación de hechos, evidentemente, presenta ciertas problemáticas conceptuales como el hecho de que Constantino apareciera (egressus) ante los soldados después de que Constancio fuera consecratus como un dios.

Como paralelo propagandístico, la Historia ecclesiastica de Eusebio de Cesarea plantea una narrativa muy similar sobre la proclamación imperial:

[Κωνστάντιος] παῖδα γνήσιον Κωνσταντῖνον αὐτοκράτορα καὶ Σεβαστὸν ἀνθ’ ἑαυτοῦ καταλιπών, κοινῷ φύσεως νόμῳ τελευτᾷ τὸν βίον, πρῶτός τε ἐν θεοῖς ἀνηγορεύετο παρ’ αὐτοῖς; τούτου παῖς Κωνσταντῖνος εὐθὺς ἀρχόμενος βασιλεὺς τελεώτατος καὶ Σεβαστὸς πρὸς τῶν στρατοπέδων71.

Se repiten los elementos: muerte y apoteosis de Constancio; designación de Constantino; proclamación militar. Pero con una diferencia sustancial: Constancio “deja en su lugar” (ἀνθ’ ἑαυτοῦ καταλιπών) a Constantino. Por tanto, al contrario que el retórico de Autun, Eusebio contempla a Constancio como una fuente de legitimación terrenal. Aun así, Eusebio emplea el verbo καταλείπω, que tampoco denota una designación formal como la que podríamos observar en πρῶτός τε ἐν θεοῖς ἀνηγορεύετο, donde ἀναγορεύω (“ser proclamado”) sí tendría tal connotación.

En términos similares ya se expresan el panegírico de 307: tibi pater imperium reliquisset72, y Lactancio: militibus commendato imperium per manus tradidit73. Los verbos relinquo y trado (“dejar; entregar”) se refieren a un nombramiento por parte de Constancio. Sin embargo, de nuevo, el ejército es el actor político real.

En todo caso, podemos dudar de si la legitimidad reconocida en el pasaje es hereditaria o militar, pero mucho más significativo es el papel del panegírico en lo referente a la tradición tetrárquica previa74. Así, ya sea a favor de nuevas fórmulas de legitimación —la sucesión hereditaria— o antiguas —la proclamación militar—, el panegírico de 310 rompe radicalmente con el orden político tetrárquico —el nombramiento por parte de los demás miembros del colegio— por primera vez. Mientras que el panegírico de 307 reconocía que la legalidad de Constantino provenía de Constancio, sí, pero también de Maximiano, el panegirista de Autun, después de que universus exercitus proclamara emperador a Constantino, especifica que:

te omnium mentes oculique signarunt et, quamquam tu ad seniores principes de summa re publica quid fieri placeret rettulisses, praevenerunt studio quod illi mox iudicio probaverunt75.

Existe cierta discusión sobre la identidad de estos seniores principes76, pero el punto central del fragmento es que los soldados se anticiparon (praevenerunt) a su decisión. Para el panegirista de Autun, Constantino se convirtió en emperador en ese momento y no necesitaba la ratificación de los tetrarcas para serlo legítimamente.

5. LA RECUSATIO IMPERII DE CONSTANTINO EN PAN. LAT. VI (7)

El pasaje central de esta cuestión se desarrolla a continuación. Después de que los soldados ofrezcan la púrpura a Constantino, justo cuando lo ven por primera vez tras la consagración de Constancio, es cuando, finalmente, se produce la recusatio imperii:

purpuram statim tibi, cum primus copiam tui fecit egressus, milites utilitati publicae magis quam tuis adfectibus servientes iniecere lacrimanti; neque enim fas erat diutius fleri principem consecratum neque enim fas erat diutius fleri principem consecratum. diceris etiam, imperator invicte, ardorem illum te deposcentis exercitus fugere conatus equum calcaribus incitasse. Quod quidem, ut verum audias, adulescentiae errore faciebas. Quis enim te Cyllarus aut Arion posset eripere quem sequebatur imperium? illa, inquam, illa maiestas Iovis subiecta nutu nec Iridi deum nuntiae, sed pinnis commissa Victoria, tam facile te continata est quam cito ad terras caelo missa perveniunt. Sic modestiam tuam atque pietatem et differendi imperii conatus ostendit et rei publicae felicitas vicit77.

El fragmento se ajusta eficazmente a las fases que caracterizan este tópico latino. Recordémoslas: oferta, rechazo, presión, aceptación y legitimación externa78.

La oferta se produce cuando los militares (milites) invisten a Constantino con la púrpura (purpuram statim); recordemos, por consensus universorum y sin respetar la voluntad de los seniores principes.

El rechazo del poder, es decir, la recusatio propiamente dicha, obedece al estado de ánimo de Constantino. Este, que llora cuando los soldados lo invisten con la púrpura, quiere huir del ejército e intenta espolear a su caballo (conatus equum calcaribus incitasse); situación que el panegirista califica como un adulescentiae error.

Aun así, si bien Constantino actúa movido por los sentimientos (adfectibus) del momento, los soldados son impulsados por el bien común (utilitati publicae). Con anterioridad, el autor del texto ya decía que omnium mentes oculique signarunt a Constantino. Y esta expectativa se traslada durante la recusatio, momento en el que el ejército, con su ardor, presiona a Constantino para que acepte el poder.

Afortunadamente según el autor, el rechazo del poder queda en un conatus, término que emplea en dos ocasiones diferentes. Efectivamente, acaba imponiéndose la utilitas publica, Constantino acepta su nombramiento como emperador y vence el bien del Estado (rei publicae felicitas vicit). Más adelante, el panegirista se referirá a la cuestión de nuevo, muy brevemente, como ipse tam feliciter adeptus imperium79.

Finalmente, esta proclamación, esencialmente militar, queda justificada por una nueva fuente de legitimidad divina. Al nombramiento extraterrenal de Constancio, que ya había sido ratificado por el consilium de los dioses80, se le suma un nuevo argumento: el poder, sujeto a Júpiter, llega a Constantino a través de la Victoria alada. Así, la maiestas enviada del cielo (caelo missa) es contenida dentro (continata est)81 de Constantino. Esta recepción, para Karl Enenkel, protege a Constantino de las habituales acusaciones de que estaba deseoso de gobernar82, pero también hay que valorar que estas acusaciones provienen de fuentes83 cronológicamente posteriores. En todo caso, es evidente que siempre existieron discursos antagónicos a la hegemonía política de Constantino, como es natural en cualquier sociedad humana.

Esto por lo que hace a los aspectos más políticos. Literariamente, se trata de un fragmento muy profuso, con numerosos paralelismos intertextuales. El comentario literario del panegírico realizado por Catherine Ware en 202184 es la obra más actualizada sobre estas cuestiones y el punto de partida obligatorio a la hora de abordar el tema.

La referencia mitológica más explícita del texto son los caballos Cílaro y Arión, reminiscencias virgilianas85. Ware destaca que forman parte de la “indulgent mock-rebuke” del orador, porque representan una celeritas fallida por parte de Constantino86. Ciertamente, estos dos caballos míticos aparecen en otros contextos imperiales: Estacio los relaciona con el caballo de Domiciano87 y Claudiano, en un panegírico, dice que ambos preferirían servir a Honorio antes que a sus amos88. Jeffrey Schulmann cree que la aparición de estos dos caballos en la recusatio imperii de Constantino es una exhibición de erudición con un propósito concreto: “this symbolic authority would have left its audience readier to accept its message, innovations and all” 89. Pero hay que valorar que su función es esteticista y que la presencia de Cílaro y Arión no aporta ninguna connotación política concreta al tópico, al contrario de lo que defiende Schulmann.

Sin abandonar los caballos, nos encontramos también ante la idea de que Constantino intentó huir de la escena espoleando a los caballos (equum calcaribus incitasse). Esta nueva mención, que para Ware también apunta a la celeritas frustrada90, encuentra, a su vez, un paralelismo casi idéntico (equos calcaribus incitaret) en el panegírico de Pacato en honor a Teodosio91. Y también podríamos añadir, de nuevo, el panegírico de Claudiano, donde aparece esta idea92 justo antes de la mención de Cílaro y Arión. Los paralelismos nos indican cierta inspiración de ambos panegíristas teodosianos en el texto del anĂ³nimo rhetor de Autun.

El intento (conatus) de fuga se califica como un adulescentiae error. La juventud de Constantino es también un tema recurrente93 en la literatura sobre la proclamación. Una de las “official lies” de Constantino según Timothy Barnes, ya que el emperador se encontraba en la treintena94. Sin embargo, como señalaba Brigitte Müller-Rettig95, en la Antigüedad Tardía adulescens ya había perdido su condición jurídica específica y podía emplearse como sinónimo de iuvenis. El término aparece, sencillamente, para indicar cómo el crecimiento mental va acompañado de un crecimiento humano en la evolución de Constantino como emperador96.

Con todo, el eje central del fragmento reside en la resolución de la recusatio imperii. Cuando el panegirista se refiere a que sic modestiam tuam atque pietatem et differendi imperii conatus ostendit et rei publicae felicitas vicit, inscribe su texto en la tradición más literaria del tópico. El intento de rechazo del poder (differendi imperii conatus), que fracasó en favor de la felicitas del Estado, estaba motivado tanto por la modestia como por la pietas. Estos conceptos abundan en el panegírico y gozan de una carga simbólica más que significativa.

La felicitas es el concepto nuclear del panegírico97 y, más concretamente, de los acontecimientos relacionados con la proclamación del 25/VII/306. El panegirista se refiere a esta fecha como ille felicissimus dies; que Constantino nació (in lucem venire) felicem; cuando Constantino maiestatis ascendit, el suceso es calificado de magna sit et admiranda felicitas; los dioses otorgan la felicitas a Constancio, que muere feliz por dejar el poder al hijo; y feliciter es también la manera como Constantino adeptus imperium98. De esta manera, se legitima la proclamación de Constantino como la acción de la providencia divina99 y estas señales divinas completan el ritual de la recusatio imperii: reafirman la aclamación por consenso100.

La modestia es la que impide a Constantino sentirse digno de aceptar el cargo, una idea que se relaciona directamente con aquella de Plino el Joven de recusabas enim imperare, recusabas, quod erat bene imperaturi. De hecho, Plinio se refiere a la modestia de Trajano al no aceptar inmediatamente después de esta sentencia101. Y así como Huttner no aborda a Plinio, tampoco trata la modestia, pero se trata del término que engloba todo el conjunto de ideas que Huttner asocia al rechazo del poder por parte de Augusto102 y que deberíamos utilizar cuando tratamos qué fundamenta el rechazo inicial del ritual. Esta modestia es propia de la proclamación y será superada en el panegírico por la auctoritas provocada por la maiestas del ejercicio fáctico del poder103. El panegirista sigue así la misma estrategia que veíamos detrás del concepto de adulescentiae error.

También la pietas hacia el padre muerto aleja a Constantino del deseo de gobernar. Es aquí donde cobra sentido neque enim fas erat diutius fleri principem consecratum. Para Enenkel104, esta virtud es el centro ideológico del relato de sucesión y la legitimación en última instancia de los acontecimientos de Eboracum. Constantino, por lealtad al padre, debía tomar el poder105. Robin Seager destaca la contraposición entre la pietas y la felicitas como “interplay of themes highly complex”; se trata de un hecho inusual, ya que normalmente no se encuentran en conflicto. Seager concluye que la felicitas pública se impone a la pietas personal de Constantino106. Pero podemos ir más allá de estas interpretaciones previas: el panegirista distingue entre la pietas privada —el amor al padre— y la pietas pública —la obediencia al padre— de Constantino107. Así, la felicitas estaría en conflicto con la pietas privada, pero en concordancia con la pública.

Dejando a un lado la literatura, los pocos autores que han tratado el fragmento han discutido la posibilidad de que los hechos relatados fueran reales. Huttner plantea que puede tratarse de la literaturización de un episodio con base histórica108, pero esta opinión es tan improbable como cualquier otra. Chris Doyle destaca que la recusatio imperii de Constantino no fue similar a otras recusationes que preceden a una usurpación porque, en lugar de pedir el reconocimiento al senior augustus de la Tetrarquía, fue el propio Galerio quien se ofreció a reconocer a Constantino, pero solo como César109. Doyle, pues, se posiciona a favor de la historicidad del pasaje, pero se equivoca110 en su interpretación de los hechos. Además, Galerio se “ofrece” a reconocer a Constantino, siempre que demos verosimilitud histórica al relato que nos ofrece el nada fidedignísimo Lactancio111. Doležal se muestra moderado en su primera publicación sobre el tema de la proclamación: “we cannot always verify whether such behaviour on the part of the candidate took place”, y más cercano a la identificación del pasaje como falso en su revisión: “Constantine’s refusal of power was probably a fabrication”112. Schulman no se pronuncia al respecto, pero implícitamente evidencia que, en su opinión, el pasaje es producto de la imaginación literaria: “orators sometimes tried to anchor changes logically, more often they wove a literary web that tended to anchor whatever changes were mentioned in it”113.

De hecho, durante la Antigüedad Tardía, la recusatio imperii es un recurso que aparece, fundamentalmente, en los panegíricos114. Y así lo podemos observar en las recusationes de los otros grandes emperadores del s. IV que siguen a la de Constantino. Mientras que el panegírico de Símmaco afirma que Valentiniano aceptó el poder por la presión de los militares115, ni Ammiano ni Zósimo presentan ningún elemento que permita esta lectura116. Además, no tenemos otra noticia de que Teodosio rechazara el poder que la que nos da Pacato en su panegírico117.

Conviene, pues, hacer una lectura adecuada: se trata de un tópico literario sin correspondencia histórica. Podemos afirmar con rotundidad que Constantino no realizó ningún ritual de recusatio imperii. Debemos valorar entonces que la recusatio imperii de Constantino, más que ayudarnos en nuestra interpretación histórica de los acontecimientos del 25 de julio del año 306, resulta útil para comprender la construcción narrativa sobre cómo se desarrollaron estos hechos en el contexto político de 310.

6. UN FRAGMENTO SIN ANÁLOGOS

Indudablemente, el panegírico de 310 presenta cuestiones de mucho más calado que la recusatio imperii. La resolución de la revuelta de Maximiano118 había resultado en un escenario político sugerente: por un lado “reforzó el poder de Constantino”119, pero por el otro “in 310 Constantine was in an embarrassing position not so much in his relations with the other rulers as in the eyes of general opinion”120. Constantino, pues, había afianzado su poder fáctico a costa de su legitimidad tetrárquica, y fruto de este contexto singular, la cancillería constantiniana se tomó ciertas licencias políticas y empezó a experimentar con nuevas vías ideológicas para la legitimación del poder. Así, en el texto emergen dos temas de gran relevancia histórica: la aparición de la genealogía claudiana y la visión de Apolo121.

De manera justificada, ambas cuestiones han centrado el interés historiográfico, puesto que su aparición representa una ruptura altamente significativa con la tradición política tetrárquica. Resulta sorprendente, sin embargo, que dentro de la embrollada montaña bibliográfica que constituyen los estudios sobre Constantino y su periodo histórico solo encontremos esta recusatio imperii en contadas publicaciones122 y de manera marginal123.

¿Por qué se da esta situación? Sin duda, la falta de interés historiográfico en la recusatio imperii de 306 en Eboracum responde al hecho de que se trata de un fragmento sin análogos. En ninguna de las otras fuentes donde se trata la proclamación de Constantino el emperador muestra su rechazo al ejercicio del poder; en todo caso, algunas dicen el contrario124.

Que el fragmento no tenga paralelo alguno, no obstante, hace de él un elemento más interesante que marginal. Como hemos explicado, las noticias sobre la proclamación conforman una serie de elementos comunes que, combinados, generan una narrativa que se posiciona en la interpretación de estos. Pero este elemento narrativo es especial dentro del conjunto de fuentes por su complejidad y unicidad. La pregunta correcta, por tanto, es por qué, entonces, la recusatio imperii es un tópico solo presente en el panegírico de 310.

Una de las explicaciones posibles, es que el tópico literario responda a la inventiva del panegirista y, por tanto, la cancillería no recomendara el uso de la recusatio en sus directrices. Como consecuencia, el tópico no aparece más en las narrativas conformadas. La otra posibilidad es que el uso de la recusatio fuese sancionado por la cancillería, pero se produjera una discontinuidad en su uso. En este caso, la cancillería sería la responsable tras la eliminación de la recusatio en las directrices legitimistas y, por esta razón, la recusatio imperii desapareció de las narrativas posteriores.

En su día, Guy Sabbah definió que podemos distinguir dos tipos de comunicación en los panegíricos latinos. La “communication descendante”: que emana de la cancillería imperial e interpela a las bases del poder, y la “communication ascendante”: que eleva al emperador los intereses de círculos que necesitaban de un mediador para hacerse oír en la corte125.

¿La recusatio podría ser parte de esta “communication ascendante”? El tema no ha sido tratado propiamente, pero tenemos un buen paralelo en la discusión historiográfica tras la autoría sobre la genealogía claudiana; introducida en el panegírico de manera prudente126. La importancia política del tema claudiano ha llevado a la mayoría de los autores a defender que se trata, indudablemente de una “communication descendente”127; siendo Enenkel el único que se pronuncia en sentido contrario: “für manche Redner läßt sich zeigen, daß sie andere, vom Kaiser unabhängige Interessen vertraten und im Namen einer Stadt oder in eigener Sache redeten”128. Aunque la posibilidad que el tema respondiera, en origen, a la imaginación de un retórico de Autun y la cancillería, inspirada por este, reprodujera la estrategia de legitimación a lo largo y ancho del Imperio sería realmente sugerente, hemos de concluir, como dice Gabriel Estrada, que la genealogía claudiana respondía a la voluntad de la cancillería de dotar a Constantino de un referente suficientemente próximo en el tiempo y de probado éxito militar, si bien “sorprende que alguno de los principales propagandistas de Constantino [Lactancio y Eusebio] no echaran mano de este recurso”129. Parece más posible entonces que la recusatio imperii fuese producto de una “communication descendante”.

Por tanto, la cuestión avanza de la pregunta sobre por qué el fragmento carece de análogos al interrogante de ¿por qué esta es una estrategia de legitimación discontinuada por la cancillería? La respuesta a la cuestión se encuentra en las circunstancias que permiten el empleo de la recusatio imperii como tópico.

Para Huttner, el ritual formaba parte indispensable del inicio de cualquier gobierno imperial130. El autor parte de la premisa de que la recusatio literaria siempre existe como la literaturización de su contraparte real, y así lo plantea con el caso de Constantino131. Pero ya hemos desglosado en la sección anterior cómo la recusatio de Eboracum, como en el caso de Valentiniano y Teodosio, responde a una invención literaria post eventum. Pero existe una diferencia sustancial entre la función que cumple la recusatio de 306 y la de estas recusationes más tardías. Valentiniano y Teodosio llegan al poder fruto de una proclamación sin más ratificación que la militar132. El panegírico de 310 presenta la legitimidad de Constantino como una “reclamación multifacética”133 donde se conjura una serie de discursos desde el consenso militar hasta el nombramiento divino.

Esto se debe a que Huttner falla en considerar algo que Béranger, en la obra de referencia anterior, ya había descubierto justamente a propósito de una recusatio que nunca llegó a producirse en Eboracum: la que debiera haber protagonizado Caracala en el 211. Béranger, en su investigación, se topó con una serie de emperadores que en modo alguno están relacionados con la recusatio imperii: Calígula, Claudio, Nerón, Tito, Domiciano, Cómodo y Caracala134. Aunque Béranger se equivoca en lo relativo a Calígula135 y Claudio136, el resto de este grupo de “exemptés” comparte una singularidad política de gran relevancia: el argumento hereditario. Nerón ya había sido adoptado como hijo y sucesor por Claudio antes de su muerte y los otros eran hijos biológicos de anteriores emperadores. Por lo tanto, Béranger concluye que “l’hérédité dynastique tenait lieu de charisme. Ils étaient dispensés d’une épreuve”137.

Así, en la recusatio imperii, como señala Wallace-Hadrill, “though monarchical elements seeped in inexorably, they were only admitted in so far as they were deemed not to contradict the basic pose”138. Y, por tanto, “recusatio is absent in the case of dynastic succession, which has its own ideology” según Jakobson y Cotton139.

Pero un caso paradigmático del siglo IV, precisamente el de un dinasta constantiniano, parecería romper con la idea de Béranger que “descendants plus ou moins directs d’empereur, les liens sont si laches qu’une expertise nouvelle de leur mérite devenait necessaire”140. Se trata de la recusatio imperii de Juliano en el año 360141. Juliano era césar, era un heredero designado y gozaba de legitimidad hereditaria, en efecto. Pero todo esto en el supuesto de una eventual muerte de Constancio II. Lo cierto es que Juliano, de hecho, fue proclamado augusto en contra de la voluntad de su primo. La recusatio imperii, pues, suavizaba lo que a todas luces era una usurpación142.

Estamos ante el caso contrario de lo que sucede con Constantino. En su brevísimo análisis de la situación, Béranger se mostraba perplejo: “Constantin, fils de Constance Chlore, subit [l’epréuve du refus]”143, pero la sorprendente existencia de la recusatio imperii de Constantino responde a la misma razón que contextualiza la sorprendente discontinuidad de esta.

De nuevo, si la recusatio imperii cobra sentido histórico-literario ante la falta de legitimidad dinástica, esto se contrapone a la “reclamación multifacética” de Constantino. El emperador disponía de elementos mucho más significativos que su modestia y pietas ante el ofrecimiento del poder por parte del ejército: había recibido una sanción divina.

Así, en el año 310, Constantino debe demostrar una valía que justifique su situación como emperador. Pero más adelante, ya en el año 312, tras la muerte de Galerio y la victoria del puente Milvio, la situación política ha mutado hacia un escenario mucho más favorable a Constantino. Este nuevo contexto permite a su cancillería presentar los hechos en consonancia con una narración que defienda plenamente sus intereses dinásticos. Por ejemplo, en el panegírico de 310 el nombramiento de Constancio se produce extraterrenalmente, pero a medida que avanzan las décadas la narrativa sobre el suceso se deforma hasta el punto de que Gelasio de Cesarea llega a afirmar que Constancio invistió con la púrpura y coronó personalmente a su hijo144.

De esta manera, una vez que la legitimidad de Constantino para optar al gobierno es sustentada plenamente sobre una base hereditaria, el uso de la recusatio imperii no solo se vuelve innecesario, sino también desaconsejable. El recurso se asociaba, precisamente, con aquellas proclamaciones que no disponían de otra legitimación que la de la imposición militar.

Finalmente, tras todo lo expuesto, podemos concluir una serie de cuestiones acerca del pasaje del panegírico del año 310 donde se aborda la recusatio imperii de Constantino sucedida el 25 de julio de 306. Se trata de un tópico literario sin correspondencia con una noticia de base histórica. El recurso presenta una estructura estandarizada en relación con el conjunto de las recusationes y, con toda probabilidad, fue introducido en el texto de 310 por indicación de la cancillería constantiniana. La evolución de las circunstancias políticas en los años posteriores desnaturalizó el sentido de este tópico y por eso su uso fue descontinuado en los autores subsiguientes. Esta única evidencia sin análogos resta como un testimonio historiográfico que ejemplifica cómo, durante el turbulento período que comprendió los últimos años del sistema tetrárquico, Constantino recurrió a todas las estrategias políticas a su alcance para legitimar su posición en su pugna por el poder universal.

FINANCIACIÓN

Este artículo ha sido realizado gracias al contrato predoctoral FPU21/01594 y se emmarca en el ámbito del proyecto PID2023-146603NB-I00, cuyos investigadores principales son Josep Vilella y Raúl Villegas. El autor forma parte del grupo GRAT-AEM (Grup de Recerques en Antiguitat Tardana i Alta Edat Mitjana; 2021SGR864). Finalmente, el autor querría expresar su agradecimiento a Juan Antonio Jiménez, por sus recomendaciones bibliográficas y comentarios al artículo, y a Gwynaeth McIntyre, por facilitar el acceso a su publicación.

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1 Pan. Lat. VII(6); Pan. Lat. VI(7); Lact. De mort. pers.; Pan. Lat. IV(10); Eus. Hist. eccl.; Eus. Vit. Const.; Origo; Aur. Vict. Caes.; Ep. de Caes.; Eutr.; Zos.; Julian. Or. I; Julian. Or. III; Oros. Hist., Gel. Caes. Fr.; Soz. Hist. eccl.; Philost. Hist. eccl.; Socr. Sch. Hist. eccl.; Hieron. Chron.; Chron. Min. 1.

2 Szidat, Usurpator tanti nominis, 27-32 para la terminología sobre emperadores y usurpadores.

3 Omissi, Emperors and Usurpers, 26.

4 Szidat, Usurpator tanti nominis, 26-42; Omissi, Emperors and Usurpers, 3-34; Jiménez Sánchez, “Iohannes Augustus”, 291-296.

5 Jiménez Sánchez, “Iohannes Augustus”, 295: “un individuo que se alza en armas contra el emperador gobernante para arrebatarle el poder, o bien que lo asesina y posteriormente se hace con la púrpura. Asimismo, otra condición imprescindible […] es que se trate de un emperador fallido, alguien que fue desalojado del imperio rápidamente por un rival sin haber llegado a tener tiempo de consolidarse en el trono”.

6 Omissi, Emperors and Usurpers, 33-34: “ancient and modern definitions differ […] a classical concept of constitutional legitimacy was irrelevant as concerned Roman imperial power”. Un caso paradigmático, por ejemplo, es el de Juan: proclamado emperador de manera legal, pero recordado negativamente por el sesgo posterior (Jiménez Sánchez, “Iohannes Augustus”, 311). Y aún más próxima es la designación de Licinio como tyrannus después de su derrota en el 324 (Escribano, “Constantino y la rescissio actorum”, 313).

7 Arist. Pol. 5.10.1313a; Polyb. 6.6-7; Cic. Rep. 1.41-42.

8 Kolb, “Die Gestalt”, 45. Nos adherimos a esta interpretación.

9 Humphries, “From Usurper to Emperor”, 100. Para una opinión contraria: Barnes, Constantine, 63.

10 Pan. Lat. VI(7) 8.2-6.

11 Mynors, XII Panegyrici, 299. Empleamos la edición de Mynors como base.

12 No hay que confundir la recusatio imperii como tópico literario con la recusatio como tópico en la literatura. El segundo se corresponde con “the refusal to write on certain themes because of inability, unwillingness or modesty” (El-Nowieemy, “Tradition of the Recusatio Poems”, 249). Ambos conceptos como su nombre y definiciones indican, están estrechamente emparentados.

13 Huttner, Recusatio Imperii, 16 defiende que hemos de interpretar como recusationes imperii los rechazos tanto reales como falsos. Nosotros, como Schulman, Political Culture, 60 creemos que la recusatio imperii es “a standard literary trope” que solo se aplica, como defiende Omissi, Emperors and Usurpers, 25 cuando es “a matter of etiquette”.

14 Huttner, Recusatio Imperii, 243-247; Doyle, The Endgame of Treason, 45; Doležal, “The Political and Military”, 21-22; Doležal, The Reign of Constantine, 249-251; Schulman, Political Culture, 59-60. También Ware, A literary commentary, 177-183 identifica el fragmento como recusatio imperio, pero hace, principalmente, un análisis literario. Con anterioridad a la obra de Huttner, David Paniagua (“La Epitoma re militaris”, 176 n. 39) ya había identificado el episodio como una recusatio imperii, pero en un contexto ajeno a este tema. Birley, “Making Emperors”, 390 también señala que el episodio es una recusatio imperii; pero, de nuevo, sin analizarlo.

15 Van Gennep, Religions, moeurs et légends, 137-154.

16 Béranger, “Le refus du pouvouir”, 196.

17 Béranger, Recherches sur l’aspect idéologique, 137-169; cit. 153.

18 Béranger, Recherches sur l’aspect idéologique, 140 n. 12.

19 Hartke, Römische Kinder Kaiser, 217 n. 3.

20 Bolafi, “La dottrina”, 277.

21 Wallace-Hadrill, “Civilis Princeps”, 37.

22 Jakobson – Cotton, “Caligula’s Recusatio Imperii”, 497.

23 Timonen “Emperor’s ars recusandi”, 134; Dovere, “Indicios de práctica constitucional”, 207.

24 Huttner, Recusatio Imperii, 16.

25 Huttner, Recusatio Imperii, 406-412; 415-418; 467-470; 471-472.

26 Huttner, Recusatio Imperii, 243-247.

27 Supra n. 14.

28 Liv. 3.26.6; 3.29.6.

29 Eutr. 1.17; Amm. Marc. 22.4.5.

30 Cass. Dio 36.24.5-6.

31 Huttner, Recusatio Imperii, 17-18; Hurlet, “Pouvoirs extraordinaires”, 118-134; Vervaet, “Arrogating despotic power”, 146-148.

32 Cass. Dio 44.41.3-4.

33 Suet. Iul. 79. Cf. Cass. Dio 44.1.2-3.

34 Tesis de Ferrary, “À propos des pouvoirs”, 29. Estudiada como una evidencia de recusatio imperii por Lanfranchi, “Caesar and the Tribunes”, 355-356.

35 Aug. Res gest. 5-6.

36 Cass. Dio 53.2-4; 54.1.1-3; 53.32.5.

37 Suet. Aug. 52-53. Aug. Res Gest. 34.

38 Huttner, Recusatio Imperii, 16; 81-106.

39 Wallace-Hadrill, “Civilis Princeps”, 35-37; Huttner, Recusatio Imperii, 81-106; Freudenburg, “Recusatio as Political Theatre”, 107-113.

40 Huttner, Recusatio Imperii, 102-105.

41 Lact. De mort. pers. 18; Eutr. 9, 27; Socr. Sch. Hist. eccl. 1.2.1.

42 Huttner, Recusatio Imperii, 365-389.

43 Kolb, Diocletian und die Erste Tetrarchie, 128-158.

44 Lact. De mort. pers. 18.2-4; Aur. Vict. 12.2 inventan el precedente de Nerva, con el fin de justificar la decisión. Cass. Dio 68.3.4 señala que Nerva solo tuvo la intención.

45 Aur. Vict. Caes. 39.48; Eutr. 9.27; Oros. Hist. 7.25.14. Además, las incesantes conspiraciones de Maximiano entre 307-310 hablan por sí mismas.

46 Huttner, Recusatio Imperii, 388.

47 Epit. de Caes. 39.6.

48 Huttner, Recusatio Imperii, 240-243.

49 Eutr. 1.

50 Supra n. 13.

51 Huttner, Recusatio Imperii, 418-442.

52 Lact. De mort. pers. 18, 8.

53 Huttner, Recusatio Imperii, 243: Pan. Lat. VI(7) 4.4.

54 Plin. Pan. 5.

55 Durry, Panégyrique de Trajan, 80.

56 La cuestión aparee, de pasada, en la sección sobre los emperadores apoyados por el Senado o «Kaiser durch Adoption» (Huttner, Recusatio Imperii, 214-240). Pero Huttner no relaciona el pasaje como un ritual de recusatio imperii.

57 Plin. Pan. 5.3-4 (oferta); 5.5 (recusatio); 5.6 (presión); 5.6 (acceptación); 5.7 (legitimación militar).

58 Plin. Pan. 5.5.

59 Pan. Lat. VII(6) 5.3.

60 Pan. Lat. VII(6) 2.1: per socerum nomen imperatoris accreverit.

61 Pan. Lat. VII(6) 3.2: senior Auguste, maiestate praecedere, te sequi, iunior imperator.

62 Bucci, Il panegyrico del 307, 91: “l’omeottoto crevisses… meruisses crea una srtetta correlazione tra le dui frasi […] conciliando due principi, quello ereditario e quello meritocratico, entrambi alla base dell’elevazione imperiale di Costantino”.

63 Galletier, Les panégyriques, 32-33; Müller-Rettig, Der Panegyricus, 12; Nixon – Rodgers, In Praise, 211-212; Ware, A literary commentary, 57-58 acerca de los datos conocidos sobre el retor de Autun.

64 Doležal, “The Political and Military”, 21: “«he panegyrist of 310 speaks in a similar way”; Doležal, The Reign of Constantine, 249: “the author of a panegyric composed in 310 gets even more carried away when making similar points”.

65 Barnes, The New Empire, 61 n. 69 sobre AE 1961, 240. La campaña, pues, finalizó antes del 7/I/306 y no puede, por tanto, encadenarse con la muerte de Constancio en julio.

66 Pan. Lat. VI(7) 7.3.

67 El tópico de la dextra durante la apoteosis es recurrente en la numismática de la dinastía (RIC 8.142-143; 446-447). Eusebio de Cesarea se refiera a estas mismas monedas en el epílogo de la Vita Constanini (4.73).

68 Nixon – Rodgers, In Praise, 227 n. 30.

69 Pan Lat. VI(7) 8.2.

70 Pan Lat. VI(7) 8.3.

71 Eus. Hist. eccl. 8.13.12; 8.13.14.

72 Pan. Lat. VII(6) 5.3

73 Lact. De mort. pers. 24.8.

74 Müller-Rettig, Der Panegyricus, 10-12; Nixon – Rodgers, In Praise, 211-217; Ware, A literary commentary, 35-39.

75 Pan. Lat. VI(7) 8.2.

76 Como indica Ware, A literary commentary, 177 uno de ellos seria sin duda Galerio. Al fin y al cabo era senior augustus tras la muerte de Constancio, Constantino le envió su imago y fue el responsable último de la acceptación como césar (Lact. De mort. pers. 25.1).

77 Pan. Lat. VI(7) 8.3-6.

78 Huttner, Recusatio Imperii, 406-412; 415-418; 467-470; 471-472.

79 Pan. Lat. VI(7) 10.1.

80 Pan. Lat. VI(7) 7.4: omnium deorum fuerit illa sententia, et quidem iam pridem auctoritate perscripta, quamvis tunc pleno sit firmata consilio.

81 El texto presenta tres posibles lecturas: comitata, continata o continuata (Mynors, XII Panegyrici, 192), según el manuscrito que se emplee como base en la edición crítica. Hemos optado por continata (lectura defendida por Ware, A literary commentary, 74; 182-183) en contra de la lectura favorable a continuata por parte de Galletier, Les panégyriques, 61. La diferencia radica en si la maiestas “se adhiere” (continuata est) exteriormente o “está contenida” (continata est) interiormente. Ambas lecturas, eso sí, son defendibles, mientras que la posibilidad de que el poder “acompañe” (comitata est) a Constantino carece de sentido. Hemos considerado más adecuado continata por el paralelismo con Lib. 12.59. Para Libanio, el poder es el regalo y Juliano el destinatario: ἦν ὁμοίως ἥ τε δόσις ἥ τε λῆψις ἄμφω βουλὴ δαιμόνων.

82 Enenkel, “Panegyrische Geschichtsmythologisierung”, 121-123.

83 Aur. Vict. Caes. 40.2-3. Zos. 2.8.2.

84 Ware, A literary commentary, 177-183.

85 Nixon – Rodgers, In Praise, 231 n. 37.

86 Ware, A literary commentary, 181; Müller-Rettig, Der Panegyricus, 138.

87 Rebegginani, “The Chariot”, 196.

88 Claud. Cons. Hon. IV 555.

89 Schulmann, Political Culture, 60. Es el único elemento presente en la recusatio valorado individualmente por este autor.

90 Ware, A literary commentary, 180.

91 Pan. Lat. II(12) 34.1.

92 Claud. Cons. Hon. IV 546.

93 Lact. De mort. pers. 29.5; Eus. Vit. Const. 1.12; 1.19.

94 Barnes, Constantine, 2-3.

95 Müller-Rettig, Der Panegyricus, 78.

96 Cf. Pan. Lat. VI(7) 3, 3; 13, 1; 15, 5.

97 Seager, “Some imperial virtues”, 145-146. La felicitas es la única virtus presente en todos los panegíricos (Ware, A literary commentary, 118).

98 Pan. Lat. VI(7) 2.3; 3.2; 3.3; 8.2; 10.1.

99 Enenkel, “Panegyrische Geschichtsmythologisierung”, 120-124.

100 Huttner, Recusatio Imperii, 470-472.

101 Plin. Pan. 5.6; 5.7.

102 Huttner 2004, 81-106; 415-418.

103 Ware, A literary commentary, 238. También en el panegírico de 307: Ware, “The Severitas”, 92.

104 Enenkel, “Panegyrische Geschichtsmythologisierung”, 118-119.

105 El deber hacia el Estado (y en este caso, también el deber filial) son argumentos que caracterizan la fase de la acceptación según Huttner, Recusatio Imperii, 442-454.

106 Seager, “Some imperial virtues”, 146.

107 Pan. Lat. VI(7), 7.4: privatis tuis adfectibus blandiamur, cum omnium deorum fuerit illa sententia.

108 Huttner, Recusatio Imperii, 243: “man wird nicht ausschließen dürfen. daß etwa Constantins Pferd während der Akklamation scheute und dies von einigen Gefolgsleuten des Akklamierten als Fluchtversuch und somit als Rekusationsakt gedeutet wurde”.

109 Doyle, The Endgame of Treason, 45.

110 Lact. De mort. pers. 25.1; Zos. 2.9.2. Doyle cita a Humphries, “From Usurper to Emperor”, 82-87, pero este interpreta (87) lo contrario.

111 Lact. De mort. pers. 25.1.

112 Doležal, “The Political and Military”, 21; Doležal, The Reign of Constantine, 251.

113 Schulmann, Political Culture, 61.

114 Szidat, Usurpator tanti nominis, 75-76.

115 Symm. Laud. Val. 9-10.

116 Amm. Marc. 26.1-2; Zos. 3.36.

117 Pan. Lat. II(12) 11-12.

118 Se trata de la sección más larga del texto: Pan. Lat. VI(7) 14-20.

119 Moreno Resano, “La política de fundación”, 293. Como demuestra la concesión de sobrenombres a ciudades galas.

120 Warmington, “Aspects of Constantinian Propaganda”, 376.

121 Warmington, “Aspects of Constantinian Propaganda”, 372-377; Nixon – Rodgers, In Praise, 215-217; 219-221; 296; Escribano, “La primera visión”, 289-90; Castellanos, “Naciste emperador” 49-51; Ware, A literary commentary, 2-4; Estrada, Propaganda gentilicia, 37-41;

122 Supra n. 14.

123 Un caso similar es el de la ordalía de Constantino, que aparece en Pan. Lat. VI(7) 21. Estudiada por Moreno Resano, “Observaciones”, 171-172.

124 Aur. Vict. Caes. 40.2-3. Zos. 2.8.2.

125 Sabbah, “De la Rhétorique”, 378.

126 Pan. Lat. VI(7) 2.1: originis tuae numine, quod plerique adhuc fortasse nesciunt.

127 Sabbah, “De la Rhétorique”, 377; Müller-Rettig, Der Panegyricus, 51; Nixon – Rodgers, In Praise, 215; Ware, A literary commentary, 26.

128 Enenkel, “Panegyrische Geschichtsmythologisierung”, 93.

129 Estrada, Propaganda gentilicia, 40; 45.

130 Huttner, Recusatio Imperii, 151: “es läßt sich kaum ein Kaiser nennen, bei dem man mit Sicherheit davon ausgehen kann, daß seine Regierungszeit nicht durch Rekusationsgesten eingeleitet wurde”.

131 Supra n. 108.

132 Valentiniano es elegido en un vacío de poder (Amm. Marc. 26.1-2; Zos. 3.36.); Teodosio usurpa el poder y tal como Sivan, “Was Theodosius”, 210 concluye: “[Gratian] reluctandy bestowed a belated and grudging approval”.

133 Nixon – Rodgers, In Praise, 227 n. 30.

134 Béranger, Recherches, 141-142.

135 Jakobson – Cotton, “Caligula’s Recusatio Imperii”, 502 n. 27.

136 McIntyre, “Making and Breaking”, 212-213.

137 Béranger, Recherches, 142.

138 Wallace-Hadrill, “Civilis Princeps”, 36.

139 Jakobson – Cotton, “Caligula’s Recusatio Imperii”, 502 n. 27.

140 Béranger, Recherches, 142.

141 Amm. Marc. 20.4.14-18.

142 Icks, “Great Pretenders”, 319: “Julian, in contrast, had to put great stress on his recusatio because he did not set out to free the Empire from a tyrant”.

143 Béranger, Recherches, 142.

144 Gel. Caes. Fr. 4c: προσευξάμενος καὶ τὸν παῖδα περιλαβὼν τήν τε πορφύραν ἐνδύσας καὶ τὸν στέφανον περιθεὶς.