ISSN: 0213-2052 - eISSN: 2530-4100
DOI: https://doi.org/10.14201/shha31482

TÁCITO COMO FUENTE LITERARIA PARA EL CONOCIMIENTO JURÍDICO

Tacitus as a Literary Source for Legal Knowledge

Juan Luis POSADAS
Centro universitario U-TAD, adscrito a la Universidad Camilo José Cela
juan.posadas@u-tad.com
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6017-6073

Fecha de recepción: 23-10-2023Fecha de aceptación: 11-03-2024

RESUMEN: Publio Cornelio Tácito es uno de los mayores historiadores de Roma. Sin embargo, su papel como fuente literaria para el conocimiento jurídico ha sido poco estudiado. En este artículo parece pertinente aproximarnos, desde la Historia Antigua y no desde el Derecho romano, a las menciones a temas jurídicos que aparecen en sus obras.

Damos comienzo a esta tarea no solo porque aluda en casi 400 ocasiones a la temática sino porque su carrera política y profesional -como magistrado y (en nuestra opinión) como abogado- en ejercicio le convirtió en un auténtico experto en el proceso legislativo y judicial romano de su época. Es por eso que, aunque no podemos defender que Tácito fuera un jurisprudente o un jurista, sí podemos plantearnos su sólida competencia en estos asuntos, por lo que debe ser considerado —en nuestra opinión— una fuente de conocimiento jurídico.

Palabras clave: Tácito; Historia; Fuentes; Derecho.

ABSTRACT: Publius Cornelius Tacitus is one of the greatest Roman historians. However, his role as a literary source of legal knowledge has been less studied. In this article, it seems pertinent to approach, from the field of Ancient History and not from the field of Roman Law, to the mentions that appear in his works to legal issues of various kinds.

We begin this task with the attempt to present our historian as an invaluable literary source of legal knowledge, not only because he alludes almost 400 times to this subject, but because of his political and professional career -as a magistrate and, in our thought, as a practicing lawyer- made him a true expert in the Roman legislative and judicial process of his time. That is why, although we cannot defend that Tacitus was a jurisprudent or a jurist, we can consider his solid competence in these matters, so much so that he must be considered - in our opinion - a source of legal knowledge.

Keywords: Tacitus; History; Sources; Law.

1. INTRODUCCIÓN

Publio Cornelio Tácito es una fuente histórica de primer orden y un autor fundamental en la historiografía. Sin embargo, su papel como fuente literaria para el conocimiento jurídico y su relevancia en el ámbito del Derecho han recibido menos atención y estudio1. Nos proponemos abordar este aspecto poco explorado, enfocándonos en las menciones que Tácito hace en sus obras a cuestiones jurídicas de diversa índole, desde la perspectiva de la Historia Antigua, en lugar de la del Derecho Romano. Es importante recalcar esta última frase, porque nuestra aproximación es histórica, no jurídica.

Tácito, a lo largo de su carrera, desempeñó cargos destacados como magistrado y, probablemente, también tuvo una carrera como abogado en ejercicio, lo que le confirió un profundo entendimiento del proceso legislativo y judicial romano de su época. Si bien no podemos afirmar que Tácito fuera un jurisprudente o un jurista en el sentido técnico de dichos términos, su competencia sólida en asuntos legales es incuestionable. Esta competencia le convierte, en nuestra opinión, en una fuente literaria para el conocimiento jurídico digna de consideración.

A lo largo de este artículo, exploraremos cómo las menciones más importantes de Tácito a temas jurídicos brindan una visión valiosa sobre el sistema legal romano, las instituciones judiciales y los procesos legislativos de la época. Además, examinaremos cómo su perspectiva como historiador y su experiencia personal aportan una comprensión única y detallada de estos asuntos. El análisis de estas menciones nos permitirá apreciar el impacto y la relevancia de Tácito como una fuente primordial para el conocimiento jurídico en la antigua Roma.

El objetivo de este artículo es comenzar el estudio de estas menciones, de las cuales solo citaremos las que nos parecen más interesantes por su contenido “jurídico”, y las integraremos en el análisis de las circunstancias que rodearon la escritura y la publicación de sus obras, empezando por las opera minora (De uita Iulii Agricolae, Dialogus de oratoribus y De origine et situ Germanorum) y luego las opera maiora (Historiae y Annales ab excessu diui Augusti).

En futuros trabajos, procederemos a analizar las menciones con técnicas tanto cuantitativas como cualitativas, desde la Historia Antigua pero también desde el Derecho Romano.

2. AGRÍCOLA, DIÁLOGO DE LOS ORADORES Y GERMANIA

Cornelio Tácito comenzó a escribir obras pequeñas, en un solo libro, quizá porque su dedicación a tiempo completo era la política y la abogacía. Escoger estas obras pequeñas, breves, parecía adecuado para poder influir en la política de los emperadores Nerva y Trajano. Eran obras que se podían leer en voz alta en reuniones sociales y políticas, como las que se organizaban en los círculos literarios. En otro lugar hemos descrito cómo funcionaban estos círculos literarios, de los cuales Tácito, probablemente, frecuentaría en esta época el liderado por Plinio y en el que se encuadrarían personajes muy influyentes, como Septicio Claro o Licinio Sura2. Estos círculos se podían articular perfectamente en torno a recitationes o lecturas públicas de las obras escritas por sus miembros. Esta fue una costumbre que introdujo el historiador Asinio Polión tras las guerras civiles de los años 49-31 a. C.3.

Durante el principado de Nerva, Tácito escribió su primera obra: De vita et moribus Iulii Agricolae, más conocida como Agrícola. Si bien Tácito fecha la obra en época de Nerva, cita también a Trajano (Agr. 3.1.3), por lo que nuestra opinión es que la escribió en época del primero, pero incluyó al segundo en el año 98, para publicar la obra en su forma definitiva.

El año 97 fue importante porque Tácito desempeñó su cargo de cónsul sufecto, probablemente en los meses de septiembre-octubre (los consulados sufectos eran bimestrales). Durante su mandato, murió el tres veces cónsul Verginio Rufo y, como se sabe, Tácito fue el encargado de pronunciar su laudatio funebris (Plin. Ep. 2.1). El hecho de que coincidiera temporalmente esta laudatio con la escritura del Agrícola podría hacernos pensar en que esta obra fue una laudatio funebris de su suegro Julio Agrícola. En este sentido, es cierto que el comienzo y el final de la obra recuerda el estilo de otras laudationes, pero el grueso de la obra es absolutamente biográfico4. También es evidente, desde nuestro punto de vista, que en el Agrícola podemos observar rasgos propios de otros géneros: biografía, historia, etnografía, moral, o apología5.

Vemos, en nuestra opinión, en estas dos actuaciones de Tácito durante su consulado -la laudatio de Verginio y el Agrícola- una muestra de su intento por resituarse en el nuevo régimen de Nerva y sus valores de restauración de la libertas y de reivindicación de personajes caídos en desgracia bajo el régimen de Domiciano. La identificación de Agrícola con el concepto de Tácito de libertas -que no era el concepto republicano, sino uno adaptado a los nuevos tiempos de libertad supervisada- es una identificación con la libertas encarnada por el nuevo emperador Nerva6. No olvidemos que Tácito mismo reconoció que su carrera inició y progresó grandemente en época de los Flavios (desde Vespasiano hasta Domiciano) (Hist. 1.1), así que le interesaba en este momento alinearse con dos grandes figuras prestigiosas que habían sufrido apartamiento durante el régimen de Domiciano. Como bien dice Syme, «[Tacitus] had made a good career under Domitian»7.

En el Agrícola aparecen 6 menciones de temática relacionada con el Derecho: Agr. 2, 4, 6, 9, y 40-41. La más interesante, siempre en nuestra opinión, alude a las características de la castrensis iurisdictio:

Credunt plerique militaribus ingeniis subtilitatem deesse, quia castrensis iurisdictio secura et obtusior ac plura manu agens calliditatem fori non exerceat. (Tac. Agr. 9)

Este texto es importante por dos razones: Tácito alude al procedimiento castrense como más expeditivo e incluso tosco; y menciona la “astucia” del Foro, es decir, los usos y costumbres propios de los abogados. Es evidente que Tácito conocía la jurisdicción militar —tras varios gobiernos provinciales y militares— y la jurisdicción civil, tras haber sido, entre otros cargos, pretor. Lo cual, desde nuestro punto de vista, reforzaría nuestra hipótesis de que Tácito, al menos en sus primeros años, desarrolló una carrera como abogado junto al desempeño de sus cargos políticos.

Nerva había elegido sucesor en el año 97 al gobernador de la Germania Superior, Marco Ulpio Trajano, obligado por los pretorianos y, probablemente, por el clan de senadores hispanos liderados por Licinio Sura8. El emperador murió en enero del año 98, y Trajano le sucedió sin incidentes. Sin embargo, en una decisión no suficientemente explicada por los contemporáneos (ni por los historiadores posteriores), el nuevo emperador decidió permanecer en Germania durante un año, quizá por problemas con las tribus fronterizas9, o para apagar los últimos rescoldos de los motines en el ejército del Rín tras la muerte de Domiciano10.

Esta circunstancia fue, en nuestra opinión, aprovechada por Tácito para publicar su segunda obra, De origine et situ Germanorum, más conocida como Germania. Esta fue publicada en el año 98 (año del segundo consulado de Trajano), como el propio Tácito confirma:

Sexcentesimum et quadragesimum annum urbs nostra agebat, cum primum Cimbrorum audita sunt arma, Caecilio Metello et Papirio Carbone consulibus. Ex quo si ad alterum Imperatoris Trajani consulatum computemus, ducenti ferme et decem anni colliguntur; tamdiu Germania vincitur. (Germ. 37.2).

Hay autores que consideran que la obra es netamente una monografía etnográfica11. Desde nuestro punto de vista, la Germania fue escrita en una forma literaria (una monografía geográfica y etnológica), pero con una intención oculta (ofrecer un consejo político, una suasoria). Para sostener este punto de vista, nos basamos en cuatro pasajes en los que Tácito usa la segunda persona del singular (Germ. 20.2, 23.2, 28.1 y 30.3)12, dirigiéndose, en nuestra opinión, al propio Trajano, para aconsejarle una política agresiva con los germanos13. Otra vez vemos, quizá, un intento de Tácito de resituarse en el nuevo principado, netamente militar y expansionista, como demostraría ser el de Trajano.

Este posicionamiento de Tácito fue seguido por un posible gobierno militar en alguna de las provincias fronterizas con las Germanias, lo cual, de ser cierto, podría confirmar que Trajano tenía intenciones expansivas en esa zona. Sin embargo, finalmente, Trajano no siguió el supuesto “consejo” de Tácito de anexionarse territorios en Germania. En lugar de eso, Trajano inició en el año 101 la conquista de Dacia, incorporando extensos territorios más allá del río Danubio14. Tampoco en los años siguientes quiso Trajano anexionarse Germania. En lugar de eso, en los años 107-108, se anexionó el reino nabateo en Arabia y, a partir del 113, comenzó su guerra contra los partos, que terminó con la conquista de Armenia y Mesopotamia tres años después.

Otra intención de Tácito con la Germania, aparte de la ya comentada suasoria dirigida a Trajano, fue tratar del peligro que suponía tener al mundo germano (bárbaro, pero superior moralmente al romano) como vecino del Imperio15.

En la Germania solo aparece una mención sobre el Derecho (Germ. 12), aunque interesante porque se refiere a cómo funcionaban los juicios sobre penas capitales entre los germanos:

et apud concilium accusare quoque et discrimen capitis intendere. Distinctio poenarum ex delicto. Proditores et transfugas arboribus suspendunt, ignavos et imbelles et corpore infames caeno ac palude, iniecta insuper crate, mergunt. Diversitas supplicii illuc respicit, tamquam scelera ostendi oporteat, dum puniuntur, flagitia abscondi. Sed et levioribus delictis pro modo poena: equorum pecorumque numero convicti multantur. Pars multae regi vel civitati, pars ipsi, qui vindicatur, vel propinquis eius exsolvitur. Eliguntur in isdem conciliis et principes, qui iura per pagos vicosque reddunt; centeni singulis ex plebe comites consilium simul et auctoritas adsunt. (Tac. Germ. 12).

Este pasaje muestra el análisis jurídico de Tácito y sus opiniones sobre cuáles eran las soluciones legales adecuadas (pro modo) o las no adecuadas. La intención de Tácito en este tipo de pasajes suele ser subrayar la disparidad entre las costumbres germanas y las romanas, normalmente para apoyar las primeras.

Entre los años 97 y 100, Tácito escribe su siguiente obra, Dialogus de oratoribus, de la que casi nadie discute su autoría16, a pesar de que sus primeros editores la atribuyeron a Quintiliano17. El Diálogo fue publicado, probablemente, en respuesta a la publicación de la Institutio Oratoria de Quintiliano entre los años 93 y 96, por lo que debe ser del año 97 o posterior18. Otros autores la sitúan más tarde19, probablemente durante el consulado de Plinio, año 10020.

Si la obra se data en torno al año 100, parece corroborar nuestra hipótesis de que, tras su consulado sufecto del 97, Tácito se dedica a sus funciones como senador consular, a su oficio privado como abogado con una cartera de clientes similar a la de su colega Plinio, y a escribir estas primeras obras de corta extensión (Agrícola, Germania, Diálogo). Desde esta perspectiva, el Dialogo sobre los oradores fue escrito con una finalidad política: la imposibilidad de mantener con dignidad la opinión personal y política frente a las tendencias tiránicas del principado. Desde luego, ni la temática ni la forma expositiva corresponden a un escrito puramente oratorio, sino que tiene un trasfondo histórico y de opinión política21. Peterlini coincide con este pensamiento político, y considera que, con su Diálogo, Tácito se acomoda para sobrevivir, pero descubre una manera de enseñar la verdad, narrando los acontecimientos del pasado22.

El Diálogo trata de explicar el supuesto declive de la oratoria romana, poniéndolo en relación con la pérdida de la función de los oradores en un régimen tiránico o, cuando menos, en un régimen de libertades recortadas23. Otros autores han destacado en el Diálogo la distinción entre los tres tipos de causa: judicial, deliberativa y demostrativa, las cuales establecerían las condiciones para la elocuencia24.

En el Diálogo hay 14 menciones al Derecho, que aparecen (algunas de ellas en más de una ocasión) en los pasajes Dial. 3, 5, 7, 19-20, 31-32, y 36-39, siendo el más importante (aunque hay muchos) el siguiente:

Ideoque et iuris civilis scientiam veteres oratores comprehendebant, et grammatica musica geometria imbuebantur. Incidunt enim causae, plurimae quidem ac paene omnes, quibus iuris notitia desideratur, pleraeque autem, in quibus haec quoque scientia requiritur. (Tac. Dial. 31)

Este párrafo es interesante por referirse a una parcela del Derecho, en este caso el ius civile, y por defender la utilidad de una aproximación “interdisciplinar” para la aplicación práctica del Derecho en los tribunales.

3. HISTORIAS Y ANALES

Las evidencias indican que Tácito publicó sus Historiarum libri entre los años 105 y 10925. En nuestra opinión, la obra principal de Tácito serían las Historias, y los Anales serían una especie de “precuela” de esta, o continuación hacia atrás en el tiempo. Tenemos, además, el siguiente testimonio del propio Tácito:

quod si vita suppeditet, principatum divi Nervae et imperium Traiani, uberiorem securioremque materiam, senectuti seposui, rara temporum felicitate ubi sentire quae velis et quae sentias dicere licet. (Hist. 1.1.4)

Por tanto, Tácito quería continuar su obra hacia adelante, hacia Nerva y Trajano, pero decidió en algún momento remontarse unos ochenta años en el tiempo, para empezar a partir de la muerte de Augusto en el año 14 d. C. Como dato suplementario, parece claro que la muerte le sobrevino en algún momento de la escritura de los Anales, pues no hay noticias de que escribiera nada ni sobre Nerva ni sobre Trajano.

Tenemos que decir que, al menos en lo que se conserva de las Historias, Tácito demuestra menos interés en el Derecho romano que en los Anales. De hecho, solo hemos registrado 73 pasajes en las Historias relacionados con esta temática, en relación con el total de 379 pasajes o menciones en todas sus obras conservadas (un 19%), lo cual podríamos relacionar con la temática más “bélica” de lo conservado de las Historias (la guerra civil del año 69 d. C.) y la temática más “interna” de los Anales (los principados de Tiberio a Nerón): 285 menciones, un 75% del total del corpus de menciones de temática jurídica en Tácito.

Las menciones aparecen en los siguientes pasajes de las Historias: Hist. 1.6, 1.7, 1.14-15, 1.18-19, 1.47-48, 1.53, 1.73, 1.77-1.78, 1.85, 1.88, 1.90, 2.10, 2.55, 2.60-64, 2.72, 2.79, 2.86, 2.90-92, 3.37, 3.39, 3.51, 3.55, 3.58, 3.62, 3.68, 3.74-75, 3.80, 4.3-4, 4.6, 4.8-11, 4.13, 4.39-42, 4.44-45, 4.47, 4.50, 4.53 y 4.80.

Quizá, la mención más interesante para el objeto de este artículo -entre muchas-, es la siguiente:

tum sorte ducti per quos redderentur bello rapta, quique aera legum vetustate delapsa noscerent figerentque, et fastos adulatione temporum foedatos exonerarent modumque publicis impensis facerent. (Tac. Hist. 4.40)

Esta mención nos parece interesante porque documenta el proceso de mantenimiento y, en su caso, de restitución de los documentos epigráficos legales en sus lugares de exhibición por parte de una comisión senatorial que se elegía por sorteo. Sería una interesante alusión iuspublicista de Tácito.

Cizek26 opinaba que Trajano dio un giro a su política hacia un cierto “absolutismo” a partir del año 112, y que ese giro provocó un cambio de opinión en Tácito: según este autor, Tácito se mostró contrario a este giro “absolutista”, y por eso decidió empezar a escribir los Anales27. Es por ello por lo que el año 112 quizá sea la fecha ante quem para datar el comienzo de esta obra. Tácito tendría en torno a 56 años.

Sea cual sea la fecha en que Tácito comenzó a escribir su opus maius, esta se publicó entre finales del año 11628, o a comienzos del año 11729. A nosotros nos convence más la opinión de Syme, por lo que ciframos la publicación de la obra una vez muerto Trajano. La comparación entre la sucesión intrafamiliar de Adriano, y el papel de la emperatriz “madre” Plotina, con el comienzo de los Anales en la sucesión intrafamiliar de Tiberio, y el papel de la emperatriz “madre” Livia, es muy convincente en este sentido.

Syme sostuvo que Tácito tenía en mente la redacción de unos Anales desde Tiberio hasta Trajano, divididos en grupos de seis libros, o Héxadas30. Nosotros no vemos esa posibilidad de forma tan clara como Syme. Lo que sí es evidente es que hubo un cambio cronológico tras sus Historias (que llegaban hasta Domiciano), y Tácito dejó de lado la labor de historiar sobre Nerva o Trajano y pasó a narrar el principado de Tiberio desde la muerte de Augusto. ¿Cuál fue la razón de este cambio en el proyecto historiográfico de nuestro autor?

Syme creía que Tácito sufrió una gran decepción al ver cómo el principado de Trajano, primer emperador que sucedió pacíficamente a otro sin pertenecer a su familia, volvía a caer en la sucesión intrafamiliar con la adopción de su sobrino nieto político Adriano31.

Según un autor32, Tácito convierte su obra histórica en un verdadero discurso ideológico en el que desarrolla una profunda reflexión sobre el principado como régimen político. A pesar del carácter tiránico del régimen, Tácito considera el principado como una necessitas para la estabilidad y la grandeza del Imperio. De ahí su deseo de verlo dirigido por un solo hombre, el princeps, incluso si este es un mal dirigente.

Desde nuestro punto de vista, otra vez nos encontramos con una obra que presenta una forma literaria concreta -una historia analística-, que esconde otra muy distinta. En este caso, sería una obra política, casi una historia “constitucional”. Es muy ilustrador el siguiente pasaje:

Non tamen sine usu fuerit introspicere illa primo aspectu levia ex quis magnarum saepe rerum motus oriuntur. (Tac. Ann. 4.32)

En nuestra opinión, los Anales presentan un análisis interno de los hechos para encontrar la explicación de los mismos, en una suerte de ejercicio politológico partiendo de la Historia. Si se analizan más profundamente, se podrían encontrar tres cuestiones predominantes en los Anales: la cuestión de si se puede compatibilizar el ejercicio de la libertad con el poder tiránico del nuevo régimen, la de cuál debe ser el papel del Senado en el nuevo orden, y la de cómo debe resolverse de la mejor manera posible la sucesión de los emperadores33. Joan Miquel afirmó que Tácito llegó a analizar la legitimidad del poder de Tiberio hasta establecer una suerte de “aconstitucionalidad” en su sucesión hereditaria34.

En los Anales aparecen 285 menciones a temas jurídicos, distribuidas en los siguientes pasajes: Ann. 1.3, 1.6-8, 1.10, 1.14-15 , 1.26, 1.72-78, 1.80-81, 2.27-33, 2.36 , 2.43, 2.50-51, 2.59, 2.85, 3.6, 3.10-15, 3.17-18, 3.22-29, 3.31-34, 3.36-38, 3.50-56, 3.60, 3.63, 3.66-70, 4.6, 4.13-16, 4.18-22, 4.28-36, 4.42, 4.52, 4.58, 4.63, 4.66, 4.68-70, 5.3, 5.8-9, 6.3, 6.5, 6.7-10, 6.12, 6.14, 6.17-19, 6.26, 6.29-30, 6.38-40, 6.47-49, 11.1-7, 11.3, 11.15, 11.22, 11.25, 11.30, 11.35-36, 11.38, 12.4, 12.7-8, 12.22-24, 12.26, 12.41-42, 12.52-53, 12.59-60, 12.65-66, 12.69, 13.1, 13.5, 13.10-11, 13.11, 13.17, 3.19-23, 13.25-33, 13.42-44, 13.47, 13.50-52, 14.10-12, 14.17-18, 14.22, 14.28, 12.40-42, 14.45-46, 14.48-50, 14.52, 14.57, 14.59-60, 14.63-65, 15.19-20, 15.22, 15.32, 15.35, 15.44, 15.56-61, 15.63, 15.66-71, 15.73, 16.5, 16.7-12, 16.14, 16.17-25, 16.27-28, 16.30 y 16.34-35.

Es casi imposible seleccionar el pasaje más interesante de entre casi 300, pero quizá, el que más nos impacta, por su contenido de Historia del Derecho, es:

Vetustissimi mortalium, nulla adhuc mala libidine, sine probro, scelere eoque sine poena aut coercitionibus agebant. neque praemiis opus erat cum honesta suopte ingenio peterentur; et ubi nihil contra morem cuperent, nihil per metum vetabantur. at postquam exui aequalitas et pro modestia ac pudore ambitio et vis incedebat, provenere dominationes multosque apud populos aeternum mansere. quidam statim aut postquam regum pertaesum leges maluerunt. (h)ae primo rudibus hominum animis simplices erant; maximeque fama celebravit Cretensium, quas Minos, Spartanorum, quas Lycurgus, ac mox Atheniensibus quaesitiores iam et plures Solo perscripsit. nobis Romulus ut libitum imperitaverat: dein Numa religionibus et divino iure populum devinxit, repertaque quaedam a Tullo et Anco. sed praecipuus Servius Tullius sanctor legum fuit quis etiam reges obtemperarent. (Tac. Ann. 3.26)

Es un texto de tipo más “filosófico” pero, al menos, establece una especie de tres estados en el desarrollo del Derecho: el primitivo, en el cual no hacían falta leyes; el intermedio, en el cual la ambición hizo que se impusieran los regímenes tiránicos (dominationes); y el último, en el que diversos personajes más o menos legendarios promulgaron las primeras leyes. Para Tácito, las promulgadas por Servio Tulio (sanctor legum) son superiores al derecho “divino” o religioso de Numa Pompilio, ya que obligaban incluso a los propios reyes.

Es interesante ver que el comienzo de los Anales tiene una temática política, casi de historia constitucional:

Vrbem Romam a principio reges habuere; libertatem et consulatum L. Brutus instituit. dictaturae ad tempus sumebantur; neque decemviralis potestas ultra biennium, neque tribunorum militum consulare ius diu valuit. non Cinnae, non Sullae longa dominatio; et Pompei Crassique potentia cito in Caesarem, Lepidi atque Antonii arma in Augustum cessere, qui cuncta discordiis civilibus fessa nomine principis sub imperium accepit. sed veteris populi Romani prospera vel adversa claris scriptoribus memorata sunt; temporibusque Augusti dicendis non defuere decora ingenia, donec gliscente adulatione deterrerentur. Tiberii Gaique et Claudii ac Neronis res florentibus ipsis ob metum falsae, postquam occiderant recentibus odiis compositae sunt. inde consilium mihi pauca de Augusto et extrema tradere, mox Tiberii principatum et cetera, sine ira et studio, quorum causas procul habeo. (Tac. Ann. 1.1)

En este proemio, Tácito inscribe su obra en un discurso sobre las formas políticas de gobierno de la ciudad y el imperio de los romanos, y elige el tema concreto, ya que el odio y la adulación han dejado los principados de Tiberio y siguientes emperadores sin historiar. Él declara que se va a encargar de dicha tarea sine ira et studio, quorum causas procul habeo. Según Cizek, Tácito promete volver sobre los acontecimientos sin ira ni favor, pero asigna a sus Anales la misión de mejorar a los hombres, implementando la veracidad y no la verdad absoluta, rechazando cualquier relato completamente imparcial35.

En nuestra opinión, Tácito no hizo ni una cosa ni la otra, pues sus Anales aparecen repletos de ira y de studio, para los cuales Tácito tenía, al menos, como causas próximas, el apartamiento y muerte de su suegro, los padecimientos de su supuesta familia “Caecina” o de los “Paetos”36, y los “parones y acelerones” de su propia carrera bajo Tito y Domiciano37.

¿Cómo consiguió Tácito deslizar esas opiniones políticas en sus obras históricas? Esta cuestión ha ocupado a multitud de filólogos e historiadores, quienes han propuesto que lo hizo utilizando al menos tres “técnicas”: por medio de la descripción de personajes38, por medio de los llamados comentarios “confidenciales”39; o mediante el uso de los rumores para destacar siempre el más cercano a su pensamiento40.

Nosotros somos partidarios de la primera opción: opinamos que Tácito utilizó la biografía de los personajes en sus obras41 para deslizar sus opiniones, a lo cual une el uso de elementos racionales e irracionales, a veces mediante la insinuación, o la insidia. Por ello, «Tácito podría calificarse como un teórico histórico-político que utilizó el retrato de sus personajes como técnica fundamental para la construcción de su discurso historiográfico»42.

4. CONCLUSIONES

A lo largo de este breve trabajo, hemos analizado y optado por fechas de escritura y publicación de cada una de las obras de Tácito, incluyendo ya como obra tacitea el Dialogus de oratoribus, y lo hemos puesto en relación con lo que sabemos de la biografía política y personal del autor, que es algo más gracias a los hallazgos epigráficos de los últimos treinta años: fundamentalmente, el llamado “monumento funerario” de Tácito con parte de su cursus honorum43.

El estudio comparado entre la obra y la vida del autor de la misma nos ha permitido lanzar diversas hipótesis sobre los cargos no documentados de su cursus44, y presentar una hipótesis sobre la solvencia “jurídica” o los conocimientos legales de Tácito. Estos provenían tanto de su formación -según se desprende del Diálogo de los oradores- como de la amplia variedad de cargos desempeñados en su vida y de su probable dedicación profesional como abogado -al igual que su amigo “y colega” Plinio el Joven.

Una conclusión importante es que Tácito se dedicó a escribir en los “intermedios” de su carrera (por ejemplo, entre su consulado y su proconsulado), y siempre con una intencionalidad política de posicionarse ante los cambios de régimen en Roma: como político del principado de Domiciano para situarse ante el de Nerva, o para “hacer méritos” ante el reinado de Trajano.

Por supuesto, son hipótesis y conclusiones abiertas, sujetas al debate, pero que presentamos a consideración de la comunidad académica tras más de treinta años de estudio sobre la obra del historiador.

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Woodhead, A. Geoffrey. Tacitus in Agricola. Phoenix 2 (1948): 45–55. https://doi.org/10.2307/1086656

1. Sobre la diferenciación entre fuentes jurídicas y fuentes literarias, véase a Metro, Las fuentes del derecho romano, 24-25. Hay algunos trabajos sobre el Derecho en Tácito en revistas o capítulos de libros, pero conocemos solo tres monografías dedicadas a este tema: González, “Tácito y las fuentes documentales”; Maiuri, “La giurisdizione criminale”; y Petersen, “Recht bei Tacitus”. Es probable que esta laguna bibliográfica sea poco a poco resuelta, dado el interés del tema.

2. Posadas, Trajano, 34-35.

3. Gallardo, “Lectores y lectoras”, 53.

4. Bardon, “A propós”, 3-7; Alonso-Núñez, “Características”, 191.

5. Woodhead, Tacitus; Dorey, Tacitus; Alfonsi, “Struttura letteraria”.

6. Cizek, “La vie d’Agricola”, 143-145.

7. Syme, “The senator”, 189.

8. Castillo, “El emperador Trajano”, 43.

9. Blázquez, Trajano, 75; Roldán, “M. Ulpius Traianus”, 14-15.

10. Martínez-Pinna, “La expansión romana”, 104-105.

11. Goodyear, Tacitus, 8.

12. Germ. 20.2: Dominum ac seruum nullis educationis deliciis dignoscas: inter eadem pecora, in eadem humo degunt, donec aetas separet ingenuos, uirtus adnoscat. Germ. 23.2: Si indulseris ebrietati suggerendo quantum concupiscunt, haud minus facile uitiis quam armis uincentur Germ. 28.1: Ualidiores olim Gallorum res fuisse summus auctorum diuus Iulius tradit; eoque credibile est etiam Gallos in Germaniam transgressos: quantulum enim amnis obstabat quo minus, ut quaeque gens eualuerat, occuparet permutaretque sedes promiscas adhuc et nulla regnorum potentia diuisas? Germ. 30.3: Alios ad proelium ire uideas, Chattos ad bellum. Rari excursus et fortuita pugna.

13. Posadas, “Romanos y germanos”, 323.

14. Martínez-Pinna, “La expansión romana”, 105-113

15. Riestra, La idea del Estado universal, 224.

16. Pagán, Tacitus, 104.

17. Aparece atribuida a Quintiliano en varias ediciones de los siglos XVI al XVIII.

18. Murgia, “The Date”.

19. Syme, Tacitus, 670-673; Goodyear, Tacitus, 14.

20. Brink, “Can Tacitus”.

21. Levene, “Tacitus’ Dialogue”.

22. Peterlini, “Eloqüência”.

23. Levene, “Tacitus’ Dialogue”.

24. Bovey, “Le Dialogus”.

25. Syme, Tacitus, 118-120.

26. Cizek, L’ époque de Trajan.

27. Cizek, “Autour de Tacite”.

28. Paratore, Tácito, 421; Martin, Tacitus, 30-38.

29. Syme, Tacitus, 770.

30. Syme, Tacitus, 211-216.

31. Syme, Tacitus, 465-470

32. Mambwini Kivuila-Kiaku, “Réflexions autour”.

33. Syme, Ten Studies, 121-130.

34. Miquel, El problema de la sucesión, 17-39.

35. Cizek, “La poétique de l’ histoire”.

36. Birley, “The life and death”.

37. Posadas, “Vida y carrera política”.

38. Daitz, “Tacitus’ technique”; Devillers, “Tacite et les sources”.

39. Devillers, “Les confidences”.

40. Giua, “Sul significato”, Verdejo Sánchez 2001.

41. Posadas, “Mujeres en Tácito”.

42. Posadas, Trajano, 71.

43. Birley, “The life and death”.

44. Posadas, “Vida y carrera política”.