@article{Tapia Sánchez_2022, title={Tecnología y Derecho una mirada al Comercio Electrónico, el Cibercrimen y el Soft Law}, volume={10}, url={https://revistas.usal.es/cuatro/index.php/ais/article/view/27322}, DOI={10.14201/AIS2022101199226}, abstractNote={<p class="p1">El derecho internacional, el comercio electrónico y la tecnología justifican su relación porque en la Internet o el ciberespacio no existen fronteras terrestres, marítimas o aéreas. Internet, por ende, abarca una pluralidad de jurisdicciones. Dentro del desarrollo de la tecnología, igualmente se habla de nuevos conceptos como personalidad digital, persona digital (usuario), firma electrónica <em>(password)</em>, comercio electrónico <em>(e-commerce)</em>, ecosistema digital, ciberdelitos y un nuevo término denominado <em>soft law</em>. Hoy, la humanidad se relaciona e interactúa en un planeta virtual o ciberespacio o, mejor dicho, en un ecosistema digital, donde el comercio electrónico es un paradigma a tomar en cuenta. Esto colige que la disrupción digital tiene presencia en todos los continentes y casi todos los países del mundo.</p> <p class="p1">Actualmente, podemos comunicarnos de un continente a otro, de un país a otro con solo tener acceso a Internet y a un dispositivo tecnológico <em>(smartphone</em>, <em>tablet, laptop)</em> y, para ello, no se necesita visa o pasaporte. Sin embargo, dicha cohesión también ha traído concomitantemente la proliferación de ciertas conductas que, a la luz del derecho, no son adecuadas o son ilegales, tal es el caso de los ciberdelitos, los cuales no conocen de fronteras terrestres, marítimas o de cualquier otra índole, ya que se realizan en un entorno digital o virtual. Probablemente, a futuro se crearán fronteras digitales las cuales hoy en día son un <em>noúmeno</em>, con el objetivo de combatir el cibercrimen, lo que generaría también delimitar jurisdicciones digitales y un tribunal ad hoc, instituciones que podrían crearse por medio de un tratado o plantearse desde la academia como forma de coadyuvar a que los Estados logren un consenso, que al final contribuya a combatir los delitos transfronterizos sin afectar el acceso a las tic. El derecho, igualmente, debe evolucionar hacia el ciberderecho o el derecho digital, el cual dentro de sus ramas plantearía el derecho global digital internacional con el objetivo de crear un derecho originario contenido en tratados o convenios internacionales para regular y garantizar la seguridad jurídica, el tráfico de información, la información personal y la justicia en el actual mundo digital.</p> <p class="p1">Por consiguiente, el desarrollo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) es considerado por muchos como la nueva revolución industrial, también denominada Revolución 4.0. Esto ha venido evolucionando desde las últimas décadas del siglo XX y primeros veinte años del siglo XXI provocando un «boom digital» con el desarrollo de los programas informáticos y dispositivos celulares <em>(smartphones)</em>, alimentadas por el progreso de la inteligencia artificial.</p>}, number={1}, journal={AIS: Ars Iuris Salmanticensis}, author={Tapia Sánchez, Leónidas Salvador}, year={2022}, month={jun.}, pages={199–226} }