El sistema internacional de protección de los derechos humanos y la obligación de perseguir a los responsables de los crímenes contra los derechos humanos

  • Hernán Hormazábal Malarée

Resumen

Sólo a partir del momento en que los derechos humanos de la Declaración Universal de 1948 se plasmaron en normas jurídicas contenidas en convenciones internacionales se puede entender que comenzó el proceso de la construcción, aún no acabada, de un sistema internacional de protección de los derechos humanos. Los Estados parte de estas convenciones se han obligado a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Con la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional se dio un paso importante con la regulación de la responsabilidad penal a nivel internacional de los responsables de crímenes contra los derechos humanos. Pero al establecer que serían las jurisdicciones nacionales las que estarían en la primera línea de defensa de los derechos humanos se abrieron nuevos problemas como el de la identificación de los crímenes contra los derechos humanos que serían de su competencia y las necesarias reformas en la legislación interna que, conforme a principios del derecho internacional, serían necesarias para evitar la impunidad.
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Biografía del autor/a

Hernán Hormazábal Malarée

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Sólo a partir del momento en que los derechos humanos de la Declaración Universal de 1948 se plasmaron en normas jurídicas contenidas en convenciones internacionales se puede entender que comenzó el proceso de la construcción, aún no acabada, de un sistema internacional de protección de los derechos humanos. Los Estados parte de estas convenciones se han obligado a respetar, proteger y garantizar los derechos humanos. Con la entrada en vigor del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional se dio un paso importante con la regulación de la responsabilidad penal a nivel internacional de los responsables de crímenes contra los derechos humanos. Pero al establecer que serían las jurisdicciones nacionales las que estarían en la primera línea de defensa de los derechos humanos se abrieron nuevos problemas como el de la identificación de los crímenes contra los derechos humanos que serían de su competencia y las necesarias reformas en la legislación interna que, conforme a principios del derecho internacional, serían necesarias para evitar la impunidad
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