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            <journal-id journal-id-type="publisher-id">10.14201/alh</journal-id>
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                <journal-title>América Latina Hoy/journal-title</journal-title>
                <abbrev-journal-title abbrev-type="publisher">ALH</abbrev-journal-title>
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            <issn pub-type="epub">2340-4396</issn>
            <issn pub-type="ppub">1130-2887</issn>
            <publisher>
                <publisher-name>Ediciones Universidad de Salamanca</publisher-name>
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            <article-id pub-id-type="publisher-id">10.14201</article-id>
            <article-id pub-id-type="doi">10.14201/alh.26173</article-id>
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                    <subject>Original Articles</subject>
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            </article-categories>
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                <article-title>La mujer peruana entre dos siglos: de víctima de la violencia a
                    activista de derechos humanos (1980-2020)</article-title>
                <trans-title-group xml:lang="en">
                    <trans-title>Peruvian women bridging two centuries: from victim of violence to
                        defender of human rights (1980-2020)</trans-title>
                </trans-title-group>
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                <contrib contrib-type="author">
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                        <surname>Serrano</surname>
                        <given-names>Agata</given-names>
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                    <xref ref-type="corresp" rid="cor1"/>
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                <institution content-type="original">Centro de Estudios Políticos y
                    Constitucionales</institution>
                <institution content-type="orgdiv1">Centro de Estudios</institution>
                <country country="SP">España</country>
            </aff>
            <author-notes>
                <corresp id="cor1">Correo-e: <email xlink:href="agata.serrano@cepc.es"
                        >agata.serrano@cepc.es</email> ORCID iD: <ext-link ext-link-type="uri"
                        xlink:href="https://orcid.org/0000-0002-6572-2317"
                        >https://orcid.org/0000-0002-6572-2317</ext-link>
                </corresp>
            </author-notes>
            <pub-date pub-type="epub">
                <day>31</day>
                <month>12</month>
                <year>2021</year>
            </pub-date>
            <pub-date pub-type="collection">
                <year>2021</year>
            </pub-date>
            <volume>89</volume>
            <fpage>23</fpage>
            <lpage>43</lpage>
            <history>
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                    <day>05</day>
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                <copyright-statement>Universidad de Salamanca. Su comercialización está sujeta al
                    permiso del editor</copyright-statement>
                <license license-type="open-access"
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                            Internacional</ext-link></license-p>
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            <abstract id="abs1" abstract-type="summary">
                <title>RESUMEN</title>
                <p>Al cumplirse veinte años del conflicto armado interno que causó más de 70.000
                    víctimas y 20.000 desaparecidos en Perú (1980-2000), este artículo, además del
                    impacto de la violencia sufrida, se propone examinar el papel que muchas mujeres
                    peruanas han asumido, desde los años 80 hasta hoy, como protagonistas de una
                    incansable búsqueda de sus familiares desaparecidos y como ejemplo cívico en su
                    activismo para el respeto de los derechos humanos</p>
            </abstract>
            <trans-abstract id="abs2" abstract-type="summary" xml:lang="en">
                <title>ABSTRACT</title>
                <p>Twenty years ago the internal armed conflict that cost more than 70,000 victims
                    and 20,000 disappearances in Peru (1980-2000). In addition to the impact of the
                    suffered violence, this article aims to examine the role that many Peruvian
                    women have played as protagonists of a tireless search for their disappeared
                    relatives and as civic examples in their activism for the respect of human
                    rights from the 1980s to the present day</p>
            </trans-abstract>
            <kwd-group>
                <title>Palabras clave</title>
                <kwd> violencia contra la mujer </kwd>
                <kwd> desaparecidos </kwd>
                <kwd> movimientos de derechos humanos </kwd>
                <kwd> conflicto armado interno </kwd>
                <kwd> Perú </kwd>
            </kwd-group>
            <kwd-group xml:lang="en">
                <title>Key words</title>
                <kwd> violence against women </kwd>
                <kwd> the disappeared </kwd>
                <kwd> pro human rights movements </kwd>
                <kwd> internal armed conflict </kwd>
                <kwd> Peru </kwd>
            </kwd-group>
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    <body>
        <sec id="S1">
            <title>I. introducción</title>
            <p>Esta investigación se propone explorar el impacto de la violencia ejercida sobre las
                mujeres y sobre sus familiares por los principales actores del conflicto armado
                interno (CAI) y examinar el papel que ellas han asumido en la sociedad peruana desde
                los años 80 hasta hoy. Este trabajo, por tanto, pretende dar respuesta a las
                siguientes preguntas de investigación: ¿Qué impacto ha tenido la violencia del CAI
                peruano sobre las mujeres? ¿Cuál ha sido el papel de las mujeres peruanas durante el
                conflicto y el posconflicto?</p>
            <p>Con el fin de responder a dichas preguntas, se llevó a cabo una investigación de
                campo en Perú, concretamente en las ciudades de Lima y Ayacucho en 2018, durante la
                cual se entrevistó a 7 mujeres, líderes de asociaciones que luchan para la defensa
                de los derechos humanos y/o familiares de víctimas desaparecidas o asesinadas
                durante el CAI (1980-2000). La adopción de la entrevista cualitativa en profundidad
                nos ha permitido comprender su realidad, obteniendo una representación general de
                las percepciones de las entrevistadas sobre sus vivencias durante y después del
                conflicto. De hecho, la técnica de la entrevista cualitativa tiene el objetivo de
                conocer la perspectiva del sujeto estudiado, comprender sus categorías mentales, sus
                interpretaciones, sus percepciones (<xref ref-type="bibr" rid="CIT14">Corbetta,
                    2003</xref>, pp. 343-373). Como afirma Michael Patton «la finalidad de la
                entrevista es entender cómo ven el mundo los sujetos estudiados, comprender su
                terminología y su modo de juzgar, captar la complejidad de sus percepciones y
                experiencias individuales» (<xref ref-type="bibr" rid="CIT47">Patton, 1990</xref>,
                p. 290).</p>
            <p>La tipología de entrevista empleada fue la semiestructurada, puesto que esta
                modalidad favorece la expresión del/la entrevistado/a, concediendo amplia libertad
                al/a la entrevistador/a para abordar los temas relevantes de la investigación, que
                no está obligado/a a seguir un orden específico en la formulación de las preguntas.
                Durante las entrevistas, se ha procurado evitar preguntas directas que pudieran
                herir la sensibilidad de las entrevistadas o producirles una victimización
                secundaria, siguiendo los criterios éticos de entrevista cualitativa a sujetos
                vulnerables (<xref ref-type="bibr" rid="CIT52">Varona, 2015</xref>).</p>
            <p>Si bien parte de esta investigación ha consistido en la recogida y el análisis de
                fuentes primarias como las entrevistas, también hemos consultado fuentes secundarias
                como el Informe de la CVR, artículos publicados en revistas especializadas, libros,
                legislación, informes institucionales y/o privados, sentencias, artículos de prensa,
                etc.</p>
            <p>Por lo que se refiere a la muestra de entrevistadas, habiendo adoptado la técnica de
                la entrevista cualitativa, nuestro objetivo no fue el de obtener una muestra
                estadísticamente representativa. Por tal razón, no se usaron criterios que
                permitieran una cierta proporcionalidad entre el número de entrevistadas y el número
                total de víctimas de la violencia ni se pretendió que la muestra pudiera reproducir
                a un tamaño reducido las características de una determinada población estadística.
                Nuestro objetivo fue únicamente el de reunir una muestra variada de mujeres que
                habían sufrido una violación de los derechos humanos o bien personalmente o bien en
                su ámbito familiar para conocer su experiencia de victimización. Tal muestra fue
                reunida adoptando la técnica del <italic>snowball sampling</italic>, según la cual
                los contactos iniciales con los/as primeros/as entrevistados/as suelen ser
                proporcionados por entidades locales presentes en la comunidad que posiblemente
                estén relacionadas con el tema de la investigación (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT15">Corbin y Strauss, 2008</xref>). En nuestro caso, estas entidades
                fueron algunas asociaciones y fundaciones de familiares de personas asesinadas o
                desaparecidas que contactamos en Lima y Ayacucho. Según esta técnica, usada para
                acercarse a colectivos especialmente difíciles de contactar, el/la entrevistador/a
                accede a otros potenciales participantes gracias a los contactos sugeridos por los
                primeros entrevistados. Durante nuestro trabajo de campo muchas víctimas
                entrevistadas nos pusieron en contacto con otras que ellas mismas conocían.</p>
            <p>Las entrevistas se analizaron con el software para el análisis cualitativo Atlas.ti
                8, que nos ha permitido obtener una representación gráfica de los testimonios que
                presentaremos a lo largo de este artículo. Hay que precisar que los fragmentos de
                entrevista elegidos no pueden considerarse como una narrativa oficial de ninguna
                asociación o colectivo de víctimas. Asimismo, la elección de dichas participantes en
                lugar de otras no respondió a ninguna intención de discriminación personal o
                colectiva. Del mismo modo, se considera que esta investigación es un estudio
                preliminar que constituye el punto de partida para el planteamiento de futuros
                trabajos.</p>
        </sec>
        <sec id="S2">
            <title>II. LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN SITUACIONES DE CONFLICTO</title>
            <p>La violencia sexual contra las mujeres fue una de las prácticas más recurrentes en
                los conflictos armados durante el siglo XX (<xref ref-type="bibr" rid="CIT49">Ríos y
                    Brocate, 2017</xref>). Entre ellas, destacan por ejemplo las violaciones
                sexuales producidas durante la Segunda Guerra Mundial por el ejército soviético a
                alrededor de 100.000 mujeres alemanas o la explotación sexual cometida por el
                ejército japonés en perjuicio de más de 200.000 mujeres en burdeles militares
                extendidos por toda Asia para elevar la moral de las tropas (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT53">Villellas et al., 2016</xref>). Igualmente, según la ONU, en Ruanda,
                entre 100.000 y 250.000 mujeres fueron violadas durante el genocidio de 1994; más de
                60.000 mujeres fueron violadas durante la guerra civil en Sierra Leona (1991-2002);
                más de 40.000 en Liberia (1989-2003), y al menos 200.000 en la República Democrática
                del Congo desde 1998 (<xref ref-type="bibr" rid="CIT45">ONU, 2015</xref>). En la
                guerra de los Balcanes de los años 90, se calcula que alrededor de 40.000 mujeres y
                niñas musulmanas fueron violadas masivamente por las tropas serbias. En esta
                ocasión, con la creación del Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia
                (TPIY), la violencia sexual fue por primera vez considerada como crimen de lesa
                humanidad y crimen de guerra (<xref ref-type="bibr" rid="CIT38">Jara Gómez,
                    2013</xref>), tal como también se reconoció en 1999 en el Estatuto de Roma (ER)
                que instituyó la Corte Penal Internacional (1999), en sus artículos 7.1. letra g) y
                8.2. letra b) (<xref ref-type="bibr" rid="CIT41">Lirola y Martín, 2016</xref>).</p>
            <p>También en los conflictos armados internos de América Latina la violencia sexual
                contra las mujeres se manifestó de forma masiva. En el CAI de Guatemala (1962-1996)
                la violación sexual fue cometida contra al menos 1.500 mujeres. Aunque también se
                tiene constancia de que se produjeron 626 masacres con cerca de 200.000 víctimas
                directas, donde la violencia sexual fue el patrón utilizado por el ejército
                guatemalteco antes y durante dichas incursiones sangrientas (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT44">Moreyra, 2007</xref>). Según los datos de la Unidad de Víctimas del
                gobierno colombiano, los delitos contra la libertad y la integridad sexual
                constituyen, por el número de casos, el sexto tipo de violencia que sufren las
                mujeres, contabilizándose durante el CAI (solo desde 1985) más de 25.000 casos
                    (<xref ref-type="bibr" rid="CIT12">Calbet, 2018</xref>).</p>
            <p>Todas las cifras aquí presentadas lamentablemente no reflejan los datos reales,
                porque la violencia sexual suele ser infradenunciada y ocultada, debido
                principalmente a la estigmatización, vergüenza y miedo a represalias que las
                víctimas puedan sufrir. Además, si bien los móviles de tales delitos son
                particulares de cada caso, existe un denominador común basado en el patriarcado y
                los roles de género (<xref ref-type="bibr" rid="CIT12">Calbet, 2018</xref>). En tal
                sentido, Aguilar y Fulchiron (<xref ref-type="bibr" rid="CIT08">2005</xref>, p. 4)
                afirman que</p>
            <disp-quote>
                <p>la violencia sexual es considerada como síntesis política de la opresión de las
                    mujeres. Porque implica apropiación y daño. Es un hecho político que sintetiza
                    un acto, la cosificación de la mujer y la realización extrema de la condición
                    masculina patriarcal. Entre las formas de este tipo de violencia, la violación
                    es el hecho supremo de la cultura patriarcal: la reiteración de la supremacía
                    masculina y el ejercicio del derecho de posesión y uso de la mujer como objeto
                    de placer y destrucción.</p>
            </disp-quote>
            <p>Se podría afirmar, por tanto, que la violencia sexual durante los conflictos armados
                es, en buena medida, utilizada como arma de guerra, como forma de control de la
                sociedad o humillación simbólica del enemigo (<xref ref-type="bibr" rid="CIT12"
                    >Calbet, 2018</xref>). Es considerada como arma y estrategia de guerra, puesto
                que tiene como objetivo afectar al mayor número posible de personas, sembrar el
                terror en la población, minar la moral del enemigo al mostrar la supuesta
                incapacidad para defender a sus mujeres y finalmente destruir el tejido social de la
                población (<xref ref-type="bibr" rid="CIT50">Ruta Pacífica de las Mujeres,
                    2013</xref>). El proceso posterior a la violencia sexual suele estar
                caracterizado por la marginación y la estigmatización de las mujeres que han sido
                víctimas de esta violencia (<xref ref-type="bibr" rid="CIT43">Mackenzie,
                2010</xref>, p. 203), a las que se culpabiliza y responsabiliza injustamente de lo
                ocurrido, buscando generar un mecanismo de control social que permita justificar las
                atrocidades y mantener la impunidad de los responsables reales (<xref
                    ref-type="bibr" rid="CIT09">Beristain et al., 1999</xref>).</p>
        </sec>
        <sec id="S3">
            <title>III. LA MUJER COMO VÍCTIMA DE LA VIOLENCIA SEXUAL DURANTE EL CONFLICTO ARMADO
                INTERNO EN PERÚ (1980-2000)</title>
            <p>En este epígrafe examinaremos cómo las mujeres peruanas durante el CAI, por un lado,
                fueron víctimas de la violencia sexual<xref ref-type="fn" rid="NOTE1"
                    ><sup>1</sup></xref> y, por otro, fueron y, lamentablemente, siguen siendo
                también víctimas de una violencia indirecta que radica en discriminaciones por
                razones de sexo, raza y clase social<xref ref-type="fn" rid="NOTE2"
                    ><sup>2</sup></xref>. La violencia directa se enmarca en un periodo sin
                precedentes que el Perú vivió entre 1980 y 2000, conocido más comúnmente como
                «conflicto armado interno» (CAI), durante el cual se registraron más de 69.280
                víctimas mortales, según una estimación de la Comisión de la Verdad y Reconciliación
                (CVR), creada en 2001 para esclarecer tales hechos (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT32">Degregori, 2014</xref>).</p>

            <fig id="G1">
                <label>Gráfico I</label>
                <caption>
                    <title>Gráfico 1. Número estimado de víctimas mortales por año</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-1.png"/>
                <attrib>Fuente: CVR (2003f, p. 22).</attrib>
            </fig>

            <p>La responsabilidad de estas violaciones se atribuyó tanto a grupos terroristas como a
                agentes estatales. Como se puede observar en el <xref ref-type="fig" rid="G2"
                    >Gráfico 2</xref>, según el Informe Final de la CVR, el 54 % de las víctimas fue
                causado por el grupo terrorista Sendero Luminoso (SL), el 43 % fue provocado por las
                Fuerzas Armadas y la Policía; el restante 17 % fue causado por otros actores (el
                grupo terrorista Movimiento Revolucionario Tupac Amaru-MRTA, rondas campesinas,
                comunidades de autodefensa-CADS, grupos paramilitares, agentes no identificados).
                Dichos actores perpetraron diferentes violaciones de derechos humanos, tales como
                asesinatos, ejecuciones arbitrarias o extrajudiciales, secuestros, desapariciones
                forzadas, tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes, entre otras (<xref
                    ref-type="fig" rid="G3">Gráfico 3</xref>).</p>

            <fig id="G2">
                <label>Gráfico 2</label>
                <caption>
                    <title>Gráfico 2. Porcentaje estimado del número de víctimas causadas por
                        responsable</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-2.png"/>
                <attrib>Fuente: CVR (2003f, p. 21).</attrib>
            </fig>
            <fig id="G3">
                <label>Gráfico 3</label>
                <caption>
                    <title>Gráfico 3. Porcentaje de crímenes y violaciones a los derechos humanos y
                        otros hechos reportados en cada acto</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-3.png"/>
                <attrib>Fuente: Informe Final de la CVR (2003d), p. 274.</attrib>
            </fig>

            <p>Tal como se desprende del <xref ref-type="fig" rid="G4">Gráfico 4</xref>, la mayor
                cantidad de víctimas se produjo en la región sur central del Perú, especialmente en
                los departamentos de Ayacucho, Junín, Huánuco, Huancavelica y Apurímac. Sin embargo,
                también el distrito de Lima y la selva nororiental y central se vieron severamente
                afectados por la violencia (<xref ref-type="bibr" rid="CIT24">CVR, 2003c</xref>).
                Las víctimas mortales en su mayoría fueron campesinos de las zonas más pobres y
                marginadas del país, pobladores quechuahablantes de las zonas rurales andinas e
                integrantes de diferentes comunidades indígenas de la selva.</p>

            <fig id="G4">
                <label>Gráfico 4</label>
                <caption>
                    <title>Gráfico 4. Número estimado de víctimas mortales por departamento</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-4.png"/>
                <attrib>Fuente: CVR (2003f, p. 23).</attrib>
            </fig>


            <p>En realidad, a pesar de que las mujeres representaron solo el 20 % del total de las
                víctimas, se puede afirmar que el CAI peruano tuvo un impacto diferenciado en
                función del género: las mujeres, por el solo hecho de serlo, fueron víctimas de un
                conjunto de delitos distintos a los que sufrieron los varones (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT29">Defensoría del Pueblo, 2004</xref>, p. 43). En particular, ellas
                fueron víctimas de la «violencia sexual»<xref ref-type="fn" rid="NOTE3"
                    ><sup>3</sup></xref>, es decir, insultos de carácter sexista, tocamientos,
                desnudos forzados, abortos forzados, uniones forzadas, esclavitud sexual, violación
                sexual, entre otras prácticas, cometidas tanto por agentes del Estado como por
                miembros de los grupos subversivos (<xref ref-type="bibr" rid="CIT26">CVR,
                    2003e</xref>, p. 66).</p>
            <p>Por lo que se refiere a las violaciones sexuales, objeto de nuestro estudio, por su
                carácter sistemático y generalizado fueron consideradas por la CVR como un delito de
                lesa humanidad, tal como está contemplado por el art. 7 letra g) del ER. En
                concreto, la CVR enmarcó la violación sexual entre los tratos o penas crueles,
                inhumanas o degradantes, es decir, «las prácticas que buscan despertar en la víctima
                sentimientos de miedo, angustia e inferioridad además de humillación y degradación;
                ya sea que se utilicen como medio intimidatorio, como castigo personal, para
                intimidar o coaccionar, como pena o por cualquier razón basada en cualquier tipo de
                discriminación u otro fin» (<xref ref-type="bibr" rid="CIT23">CVR, 2003b</xref>, p.
                205). De hecho, además de la violencia física padecida, las víctimas de violación
                sexual sufren graves traumas psicológicos, generados por la humillación que la misma
                violación supone y el deshonor que este delito, si revelado podría causarles en el
                marco de su comunidad de pertenencia. Asimismo, puesto que algunas de ellas se
                quedan embarazadas, deben asumir solas la crianza de los hijos, la mayoría de los
                cuales no son reconocidos por los violadores; otras son forzadas a abortar o están
                sometidas a otros tipos de maltratos (<xref ref-type="bibr" rid="CIT13">COMISEDH,
                    2003</xref>, p. 31).</p>
            <p>Al igual que la CVR, también el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, a partir
                del caso María Elena Loayza <italic>vs.</italic> Perú<xref ref-type="fn" rid="NOTE4"
                        ><sup>4</sup></xref>, se refirió a la violencia sexual dentro del marco del
                conflicto peruano como un trato cruel, inhumano y denigrante, que vulnera el derecho
                a la integridad física recogido en el art. 5 de la Convención Americana de Derechos
                Humanos-CADH (<xref ref-type="bibr" rid="CIT49">Ríos y Brocate, 2017</xref>, p.
                87).</p>
            <p>Pero, ¿quiénes fueron los responsables de las violaciones sexuales durante el CAI
                peruano y quiénes fueron las víctimas? En concreto, entre las víctimas el 16,54 %
                fueron hombres y el 83,46 % fueron mujeres. La mayoría de las mujeres (de las que se
                tiene conocimiento) tenía entre 10 y 29 años, aunque también se registraron víctimas
                adultas y ancianas.</p>
            <p>Todas ellas pertenecieron a los sectores de menores recursos de la población: el 75 %
                eran quechuahablantes, el 83 % eran de origen rural, el 36 % se dedicaban a
                actividades agrarias, el 30 % eran amas de casa, especialmente de los Departamentos
                de Ayacucho, de Huancavelica y Apurímac, es decir, la zona de Sierra sur del Perú
                    (<xref ref-type="bibr" rid="CIT25">CVR, 2003d</xref>, p. 281).</p>
            <p>Con relación a los perpetradores, alrededor del 83 % de los actos de violación sexual
                que se conocen son imputables a agentes del Estado y aproximadamente un 11 %
                corresponden a los grupos subversivos de SL y el MRTA. Estos últimos solían emplear
                las violaciones sexuales como castigo, en el contexto de incursiones armadas en los
                poblados andinos y amazónicos, en los campamentos o «retiradas» que establecían para
                escapar de las fuerzas del orden, en los que se mantenían a numerosas personas en
                condiciones de servidumbre. Los agentes del Estado, en cambio, ejercieron las
                violaciones sexuales contra las mujeres consideradas sospechosas de tener vínculos
                con los grupos subversivos, durante los interrogatorios, las detenciones arbitrarias
                y/o desapariciones forzadas de personas. La violencia sexual en general fue
                utilizada también en muchos casos como un método de tortura para la obtención de
                información o confesiones autoinculpatorias (<xref ref-type="bibr" rid="CIT25">CVR,
                    2003d</xref>, p. 281).</p>
            <p>Ahora bien, si observamos el <xref ref-type="fig" rid="G2">Gráfico 2</xref>, a
                primera vista las violaciones sexuales aparecen como una práctica menos frecuente de
                la tortura. Sin embargo, los datos reportados no ofrecen un cuadro completo sobre la
                situación porque solo contabilizan casos de violación sexual de víctimas
                identificadas, es decir, registran solo los casos de violación sexual de aquellas
                víctimas cuyo nombre se conoce, no recogiendo los casos en que existen referencias
                generales sobre los hechos (<xref ref-type="bibr" rid="CIT25">CVR, 2003d</xref>, p.
                273). Por tanto, la CVR indica que existe una subrepresentación estadística de la
                violación sexual con respecto a las otras violaciones de los derechos humanos
                representadas en el Gráfico 2 por al menos tres razones.</p>
            <p>En primer lugar, por la menor disposición de las víctimas en narrar abiertamente lo
                ocurrido, por vergüenza, pudor o por temor a represalias. En la mayoría de los casos
                las mujeres violadas prefirieron guardar silencio pues sabían que no iban a
                encontrar una respuesta adecuada a lo sucedido ni en su familia ni en su comunidad.
                De hecho, muchas de las que lo revelaron recibieron ulteriores maltratos verbales,
                físicos y psicológicos por los esposos (o familiares), además de la acusación de que
                las culpables de todo habían sido ellas. Otras veces, fueron estigmatizadas,
                tildadas y excluidas en sus propias comunidades de pertenencia (<xref
                    ref-type="bibr" rid="CIT20">Crisóstomo, 2015</xref>). En palabras de Ríos y
                Brocate (<xref ref-type="bibr" rid="CIT49">2017</xref>, p. 84), la mujer es
                considerada como propiedad del hombre y del conjunto colectivo (la comunidad):
                violar su cuerpo significa violentar a la comunidad. Esta concepción patriarcal de
                la sociedad y su consiguiente asignación rígida del rol hombre-mujer conlleva, sin
                duda, la revictimización de la misma mujer, la cual ante una violación sexual es
                repudiada por sus familias y marginada por el resto de la sociedad.</p>
            <p>En segundo lugar, la CVR afirmó que, en muchas ocasiones, las violaciones sexuales se
                llevaron a cabo en el marco de otras violaciones de derechos humanos (masacres,
                detenciones arbitrarias, ejecuciones arbitrarias, tortura, etc.), por lo que, en los
                casos en los que la víctima no lo revelara voluntariamente o no fuera evidente, este
                tipo de violencia pasó prácticamente inobservada.</p>
            <p>En tercer lugar, la CVR subrayó que</p>
            <disp-quote>
                <p>durante mucho tiempo la violencia sexual fue vista como un daño colateral o un
                    efecto secundario de los conflictos armados y no como una violación de derechos
                    humanos, con lo cual estos hechos no sólo no han sido denunciados, sino que
                    además se les ha visto como normales y cotidianos (<xref ref-type="bibr"
                        rid="CIT25">CVR, 2003d</xref>, p. 275).</p>
            </disp-quote>
            <p>Por tanto, no solo las violaciones sexuales fueron ejercidas en la completa impunidad
                como si fueran implícitamente legítimas, sino que, tal como se puede observar en el
                    <xref ref-type="fig" rid="G5">Gráfico 5</xref>, a diferencia de otras
                violaciones de derechos humanos, fueron un delito especialmente practicado en contra
                de las mujeres, configurándose claramente como un tipo de «violencia contra la
                mujer» (<xref ref-type="bibr" rid="CIT13">COMISEDH, 2003</xref>).</p>
            <p>Sin embargo, la violencia sexual contra las mujeres en Perú no parece haber surgido
                durante el conflicto, sino haber sido exacerbada por él. Siendo la sociedad peruana
                aún tradicional con roles hombre-mujer muy marcados, ya existía una violencia
                endémica contra la mujer, cuyas razones residían y, lamentablemente, aún residen en
                una tríplice discriminación por razones de sexo, de raza y de clase social. Durante
                el CAI, esta tríplice discriminación llegó a su auge, causando la violencia más
                despiadada, especialmente en contra de las mujeres históricamente percibidas como
                ciudadanas de clase baja: indígenas o campesinas de la sierra y la selva del Perú
                    (<xref ref-type="bibr" rid="CIT10">Boesten y Fischer, 2012</xref>, p. 3). En
                este sentido, la violencia sexual precedió y supervivió al conflicto, no pudiéndola
                considerar solo una estrategia de guerra, porque fue normalizada y tolerada también
                en tiempos de paz, no considerándose ni siquiera como un delito. En la misma línea,
                Crisóstomo (<xref ref-type="bibr" rid="CIT19">2011</xref>, p. 5) afirma que</p>
            <disp-quote>
                <p>la violencia contra la mujer [peruana] y sobre todo contra la mujer campesina,
                    nativa y/o indígena es parte de un proceso histórico que se sustenta en un
                    antiguo y rígido modelo de las relaciones de dominación. […] En tiempos de
                    conflicto, los roles atribuidos a cada sexo se polarizan, la masculinidad
                    tradicional alienta los comportamientos violentos, mientras que la mujer,
                    portadora real y simbólica de una identidad social y cultural se convierte en
                    territorio de conquista.</p>
            </disp-quote>
            <p>Y añade que, «por lo mismo, se afirma que la violencia sexual en las zonas rurales es
                un hecho que ya existía; durante la violencia política, sólo cambió el agresor»
                    (<xref ref-type="bibr" rid="CIT21">Crisóstomo, 2011</xref>, p. 16).</p>
            <p>Sin embargo, a pesar de la violencia directa e indirecta sufrida, tanto durante el
                conflicto como en el posconflicto, las mujeres peruanas han luchado sin tregua para
                obtener verdad, justicia y reparación, tal como examinaremos en el próximo
                epígrafe.</p>
        </sec>
        <sec id="S4">
            <title>IV. LAS MUJERES PERUANAS COMO EJEMPLO CÍVICO: EL ACTIVISMO EN DEFENSA DE LOS
                DERECHOS A LA VERDAD, LA JUSTICIA, LA MEMORIA Y LA REPARACIÓN</title>
            <p>Este epígrafe se centrará especialmente en la lucha pacífica de muchas mujeres
                peruanas para conseguir verdad, justicia y reparación, durante y después del
                conflicto, siendo protagonistas de una interminable y desgarradora búsqueda de sus
                familiares víctimas de la desaparición forzada y/o de ejecuciones extrajudiciales.
                Estos dos delitos, habiéndose llevado a cabo de forma generalizada y sistemática
                sobre todo en el departamento de Ayacucho, fueron considerados por la CVR como
                crímenes de lesa humanidad, de acuerdo con el ER en el art. 7 letra a) y letra i).
                Lamentablemente, ambas prácticas resultaron estar inequivocablemente
                interconectadas, puesto que las personas desaparecidas, en la mayoría de los casos,
                terminaron siendo ejecutadas arbitrariamente.</p>
            <p>Según la Dirección General de Búsqueda de Personas Desaparecidas (DGBPD) establecida
                en 2016, que creó el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y Sitios de
                Entierro (RENADE), las personas desaparecidas entre 1980 y 2000 ascienden a 20.329,
                aunque este número está lamentablemente destinado a subir. De los 20.329
                desaparecidos, solo se han hallado los restos de al menos 865 personas, que fueron
                restituidos a sus familiares para su sepultura. Estas cifras convierten al Perú en
                uno de los países con más desaparecidos de América Latina (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT42">LUM, 2018</xref>). Las exhumaciones, identificación y entrega de
                restos de personas desaparecidas a sus familiares es todavía una tarea pendiente en
                el país.</p>
            <p>Tal como se puede observar en el <xref ref-type="fig" rid="G5">Gráfico 5</xref>, las
                víctimas mortales y desaparecidas fueron especialmente varones, llevando a que un
                significativo número de mujeres fueran testigos de la traumática pérdida de sus
                familiares y allegados. La desaparición y/o asesinato (y los demás delitos cometidos
                en contra de sus familiares) constituyeron para ellas un trauma personal y familiar
                significativo, marcando un antes y un después que nunca olvidarían (<xref
                    ref-type="bibr" rid="CIT28">Defensoría del Pueblo, 2000</xref>). Lo demuestran
                los testimonios de las mujeres víctimas del terrorismo y de las violaciones de los
                derechos humanos cometidas por agentes del Estado que entrevistamos en Lima y
                Ayacucho en 2018, cuyos testimonios presentaremos a continuación.</p>



            <fig id="G5">
                <label>Gráfico 5</label>
                <caption>
                    <title>Gráfico 5. Violaciones de los derechos humanos reportadas a la CVR según
                        el sexo de la víctima</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-5.png"/>
                <attrib>Fuente: Informe Final de la CVR (2003d), p. 273.</attrib>
            </fig>

            <p>En el <xref ref-type="fig" rid="F6">Cuadro 1</xref>, las entrevistadas destacan como,
                después del asesinato o desaparición de su familiar, su propio proyecto de vida se
                vio truncado definitivamente. El asesinato o desaparición de un miembro de la
                familia llevó al quebrantamiento de sus sueños, costumbres, esperanzas de futuro y
                constituyó un cambio dramático de sus circunstancias, marcado por inseguridad,
                incertidumbre, zozobra y desesperación (<xref ref-type="fig" rid="F6">Cuadro
                    1</xref>). Algunas de las entrevistadas (<xref ref-type="fig" rid="F7">Cuadro
                    2</xref>) manifiestan cómo el dolor de la ausencia o de la pérdida se queda
                enquistado en sus vidas, volviendo a la luz en diferentes fases o momentos de la
                vida, cambiando sus rumbos y sus prioridades para siempre.</p>


            <fig id="F6">
                <label>Cuadro 1</label>
                <caption>
                    <title>Cuadro 1. Cómo influye el asesinato/desaparición de los familiares en el
                        proyecto de vida de las mujeres entrevistadas</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-6.png"/>
                <attrib>Fuente: Elaboración propia mediante el software Atlas.ti 8, a partir de las
                    entrevistas cualitativas llevadas a cabo en Perú.</attrib>
            </fig>


            <p>A causa de la violencia, muchas mujeres se quedaron sin esposos y, por ello, solas se
                tuvieron que hacer cargo de las labores del campo, de las tareas domésticas y de la
                crianza de los hijos. Su situación económica empeoró drásticamente, no sabiendo cómo
                sustentar a sus niños, muchos de los cuales tuvieron que empezar a trabajar desde
                muy temprana edad, no pudiendo seguir escolarizándose, o tuvieron que buscar los
                recursos económicos para seguir haciéndolo, a veces no sólo para ellos mismos, sino
                también para los hermanos menores (<xref ref-type="fig" rid="F7">Cuadro
                2</xref>).</p>


            <fig id="F7">
                <label>Cuadro 2</label>
                <caption>
                    <title>Cuadro 2. El asesinato/desaparición de su familiar acarrea consecuencias
                        psicológicas económicas y en la educación de toda la familia</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-7.png"/>
                <attrib>Fuente: Elaboración propia mediante el software Atlas.ti 8, a partir de las
                    entrevistas cualitativas llevadas a cabo en Perú.</attrib>
            </fig>


            <p>En muchas ocasiones, la única manera para poder ponerse a salvo era desplazarse del
                campo a la ciudad y, en ocasiones, nuevamente desde la ciudad al campo, tratando de
                fugarse continuamente ante el avance de un enemigo cambiante que hoy podría ser un
                grupo subversivo, el día siguiente las Fuerzas Armadas, entre otros (<xref
                    ref-type="fig" rid="F8">Cuadro 3</xref>). Para las mujeres, las pérdidas fueron
                múltiples, habiendo tenido que afrontar no solo la ausencia de un ser querido, sino
                también tener que abandonar sus casas y sus propiedades para huir, lidiar con el
                desarraigo cultural que conlleva el desplazamiento forzoso –fenómeno que ha afectado
                a más de 600.000 personas en todo el país– y la estigmatización social en el nuevo
                lugar de residencia. En ocasiones sus rasgos andinos o indígenas, el analfabetismo o
                el escaso conocimiento del castellano, los escasos recursos, el estigma de la
                violencia recibida las llevaron a tener que soportar la exclusión social, la
                discriminación y una culpabilización inmerecida, tanto en el lugar que dejaron atrás
                como en el nuevo lugar de acogida (<xref ref-type="fig" rid="F8">Cuadro
                3</xref>).</p>

            <fig id="F8">
                <label>Cuadro 3</label>
                <caption>
                    <title>Cuadro 3. La violencia de Sendero Luminoso y de los agentes del Estado
                        obliga a muchas mujeres a desplazarse para ponerse a salvo</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-8.png"/>
                <attrib>Fuente: Elaboración propia mediante el software Atlas.ti 8, a partir de las
                    entrevistas cualitativas llevadas a cabo en Perú.</attrib>
            </fig>

            <p>Sin embargo, a pesar de todos los sufrimientos padecidos, muchas mujeres peruanas
                durante el conflicto decidieron reaccionar con resiliencia frente a la adversidad,
                tratando de mejorar su situación personal mediante el trabajo y los estudios, a fin
                de asegurar un futuro mejor para ellas mismas y sus familias. Los desafíos no fueron
                pocos, en una sociedad tradicional, en la cual se asignaba a la mujer exclusivamente
                el papel de «madre» o «esposa», roles únicamente asociados al cuidado del hogar y a
                la crianza de los hijos (<xref ref-type="fig" rid="F7">Cuadro 2</xref>).</p>
            <p>Sin duda, uno de los mayores desafíos que la mujer peruana durante el conflicto y en
                el posconflicto ha afrontado es la búsqueda de sus familiares desaparecidos. Dicha
                labor de búsqueda las ha llevado a visitar hospitales, dependencias policiales,
                bases militares, cárceles e incluso morgues, exponiéndolas a ser objeto de nuevos
                delitos como violaciones sexuales, detenciones, torturas, amenazas. Demasiadas veces
                tuvieron que soportar la impunidad patente de la que gozaron los perpetradores, a
                menudo, agentes del Estado que les ocultaron la verdad y obstaculizaron la obtención
                de justicia (<xref ref-type="bibr" rid="CIT46">Ortiz Perea, 2017</xref>). En otros
                casos la búsqueda las llevó a conocer los hechos, descubriendo una verdad horrible,
                inhumana, indecente: para destruir las evidencias de las ejecuciones cometidas, los
                cadáveres de sus familiares fueron eliminados mediante mutilación, incineración de
                restos, arrojando los cuerpos en los ríos u otras zonas inaccesibles, sepultándolos
                en sitios de entierro o esparciendo las partes de los cuerpos en diferentes lugares
                para dificultar su identificación. Así lo testimonia Marly (<xref ref-type="fig"
                    rid="F9">Cuadro 4</xref>) (comunicación personal, 2018), cuyo hermano Kenneth
                Ney Anzualdo Castro fue detenido en 1993 y llevado, junto a su compañero Martín
                Javier Roca Casas, a los sótanos del edificio conocido como el Pentagonito, en Lima,
                sede del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE), donde muchas de las personas
                desaparecidas fueron incineradas en hornos crematorios<xref ref-type="fn"
                    rid="NOTE5"><sup>5</sup></xref>.</p>
            <p>Tales hechos fueron confirmados por la Corte Suprema peruana en 2017, la cual condenó
                a Vladimiro Montesinos Torres, Nicolás de Bari Hermoza Ríos, Jorge Enrique Nadal
                Paiva, miembros del Servicio de Inteligencia del Ejército peruano, como autores
                mediatos del delito de desaparición forzada.</p>
            <p>Adelina García Mendoza (comunicación personal 2018) nos relata el caso de su esposo
                    (<xref ref-type="fig" rid="F9">Cuadro 4</xref>), Zósimo Tenorio Prado,
                desaparecido en 1983, torturado en el cuartel Militar «Domingo Ayarza», más conocido
                como «Los Cabitos», en Ayacucho. La Sala Penal Nacional de la Corte Suprema en 2017
                dictó una sentencia histórica relativa a las violaciones de los derechos humanos
                realizadas en este cuartel, dejando probado que, en los años 80, centenares de
                personas fueron detenidas de forma arbitraria y sometidas a tortura con la finalidad
                de que confesasen su supuesta afiliación a SL, para ser finalmente ejecutadas
                extrajudicialmente, sepultadas en fosas comunes o finalmente incineradas en hornos
                crematorios (<xref ref-type="bibr" rid="CIT48">Reyes, 2017</xref>).</p>


            <fig id="F9">
                <label>Cuadro 4</label>
                <caption>
                    <title>Cuadro 4. La búsqueda de los familiares desaparecidos, en algunos casos,
                        lleva a las mujeres peruanas a descubrir una verdad inhumana y
                        aberrante</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-9.png"/>
                <attrib>Fuente: Elaboración propia mediante el software Atlas.ti 8, a partir de las
                    entrevistas cualitativas llevadas a cabo en Perú.</attrib>
            </fig>


            <p>Estas historias son algunas de las millares que se han quedado en el olvido por
                décadas y que aún permanecen desconocidas; historias de mujeres que, además de haber
                sufrido la pérdida de un ser querido, fueron objeto de numerosas revictimizaciones
                (Guerrica Echevarría y <xref ref-type="bibr" rid="CIT37">Echeburúa Odriozola,
                    2006</xref>, p. 198), puesto que no solo padecieron el daño y la vulneración de
                sus derechos, sino que fueron humilladas, culpabilizadas por los mismos
                perpetradores; desatendidas y desprotegidas por los poderes públicos; marginadas,
                excluidas y estigmatizadas por el resto de la sociedad civil.</p>
            <p>Sin embargo, a pesar de todo, ellas intentaron ayudarse mutuamente dando vida a un
                movimiento de derechos humanos que trató de afrontar distintas urgencias: en primer
                lugar, alentar el cese de la violencia subversiva, cuyo fin principal era destruir
                al Estado peruano; en segundo lugar, contrarrestar la progresiva erosión de las
                instituciones democráticas, cuyo auge fue el golpe de Estado del 5 de abril de 1992
                y la consiguiente instauración del régimen autoritario de Alberto Fujimori; por
                último, recuperar a los familiares desaparecidos e impulsar políticas públicas a
                favor de los derechos a la verdad, a la justicia, a la memoria y a la reparación
                    (<xref ref-type="bibr" rid="CIT22">CVR, 2003a</xref>, p. 295).</p>

            <fig id="F10">
                <label>Cuadro 5</label>
                <caption>
                    <title>Cuadro 5. La búsqueda de los familiares desaparecidos lleva a las mujeres
                        a asociarse y a luchar por el respeto de sus derechos</title>
                </caption>
                <graphic xlink:href="http://revistas.usal.es/documentos/alh/31_12_2021/26173-10.png"/>
                <attrib>Fuente: Elaboración propia mediante el software Atlas.ti 8, a partir de las
                    entrevistas cualitativas llevadas a cabo en Perú.</attrib>
            </fig>


            <p>Las acciones del movimiento de derechos humanos contribuyeron a que en 2001 se
                instituyera la CVR, gracias a la cual por primera vez alrededor de 16.000 personas
                ofrecieron su testimonio, dando a conocer los horrores a los que fueron sujetas. El
                Informe de la CVR avaló muchas de las demandas del movimiento, recomendando, entre
                otras cuestiones, la adopción de políticas específicas en materia de reparación.</p>
            <p>A la luz de las recomendaciones de la CVR, a partir del 2005 se puso en marcha una
                política de reparación con la Ley n.º 28592 (Aprobación del Plan Integral de
                Reparación a las Víctimas de la Violencia) y su reglamento de actuación aprobado en
                2006. Gracias a tales instrumentos legislativos, se creó la Comisión Multisectorial
                de Alto Nivel (CMAN), encargada del seguimiento de las acciones y políticas del
                Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación, como
                ente rector del sistema (<xref ref-type="bibr" rid="CIT51">Ulfe Young, 2013</xref>);
                el Consejo de Reparaciones (CR), encargado de la elaboración del Registro Único de
                Víctimas (RUV) y de la acreditación, identificación e individualización de las
                víctimas y diferentes programas de reparación (<xref ref-type="bibr" rid="CIT40"
                    >Lerner Febres, 2007</xref>).</p>
            <p>Diez años después de ese primer paso en materia de reparación, gracias a la
                incansable lucha pacífica de los familiares, en 2016 se promulgó la Ley n.º 30470,
                    <italic>Ley de Búsqueda de personas desaparecidas durante el periodo de
                    violencia 1980-2000</italic>, que tiene como finalidad la búsqueda,
                recuperación, análisis, identificación y restitución de los restos humanos de las
                personas desaparecidas. Asimismo, en 2018 con el decreto legislativo n.º 1398 se
                aprobó la creación por parte de la Dirección General de Búsqueda de Personas
                Desaparecidas (DGBPD), en el marco del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de
                un banco de datos genéticos que permitirá contrastar el ADN de los familiares de las
                víctimas con los restos óseos hallados en las fosas (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT34">El Comercio, 2018</xref>).</p>
            <p>La DGBPD, finalmente, adoptó el enfoque humanitario en la búsqueda de los
                desaparecidos, propuesto por el movimiento de derechos humanos y equipos de
                expertos, tal como testimonia Gisela Ortiz (comunicación personal, 2018), directora
                de Operaciones del Equipo Peruano de Antropología Forense (EPAF) en el Cuadro V. Tal
                enfoque tiene el objetivo prioritario de satisfacer el derecho a la verdad de los
                familiares y su necesidad de cerrar el duelo, intentando darles a conocer la verdad
                sobre lo ocurrido y, posiblemente, localizando, exhumando y entregándoles los restos
                de sus seres queridos, prescindiendo de si los culpables de este delito estén
                identificados, juzgados y condenados (<xref ref-type="bibr" rid="CIT36">EPAF y
                    CNDDHH, 2009</xref>).</p>
            <p>A pesar de los pasos que en estos 20 años de posconflicto se han dado hacia la
                reparación de las víctimas del CAI en Perú, los informes de la Defensoría del
                Pueblo, que monitorean la implementación de las recomendaciones de la CVR (<xref
                    ref-type="bibr" rid="CIT30">Defensoría del Pueblo, 2008</xref>), reportan graves
                insuficiencias en las medidas aprobadas y una escasa implementación de las mismas,
                por la presencia de obstáculos administrativos que, a menudo, no solo impiden
                esclarecer los hechos y poner fin a la impunidad de los responsables, sino que
                siguen causando nuevas y severas revictimizaciones a los familiares (<xref
                    ref-type="bibr" rid="CIT31">Defensoría del Pueblo, 2013</xref>).</p>
            <p>Para paliar tales carencias, una miríada de asociaciones y ONG –algunas de ellas muy
                reconocidas como la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH); la Comisión de
                Derechos Humanos (COMISEDH); la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados,
                Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP); la Coordinadora General de Derechos
                Humanos, entre otras– nacidas durante y después del conflicto, por una parte, han
                suplido directamente la atención que el Estado debió otorgarles a los afectados
                ofreciéndoles asistencia legal, judicialización de los casos, atención a los
                desplazados, apoyo logístico y acompañamiento psicosocial en las restituciones o
                entrega de restos, transmisión del legado de la memoria a las nuevas generaciones,
                entre otras actividades (<xref ref-type="bibr" rid="CIT21">Crisóstomo, 2019</xref>).
                Por la otra, han sido un vector de transmisión de las demandas y necesidades de los
                afectados a las instituciones públicas a fin de que, en algún momento, puedan
                cumplir con su deber de garantizarles el derecho a la verdad, a la justicia, a la
                memoria y a la reparación.</p>
        </sec>
        <sec id="S5">
            <title>V. CONCLUSIONES</title>
            <p>Como sostiene Calbet (<xref ref-type="bibr" rid="CIT12">2018</xref>), la violencia
                sexual contra las mujeres durante los conflictos armados, en buena medida, puede ser
                utilizada como arma de guerra, como forma de control de la sociedad o humillación
                simbólica del enemigo. Tal como hemos comprobado, el CAI peruano no fue una
                excepción, ya que la violencia sexual fue ejercida de forma masiva con esos mismos
                fines, tanto por los agentes del Estado como por los grupos subversivos (<xref
                    ref-type="bibr" rid="CIT13">COMISEDH, 2003</xref>). Es más, la violencia sexual
                contra las mujeres en Perú no parece haber surgido durante el conflicto, sino haber
                sido exacerbada por él: en el CAI una tríplice discriminación llegó a su auge,
                causando la violencia más despiadada, especialmente en contra de las mujeres más
                vulnerables: indígenas o campesinas de la sierra y la selva del Perú (<xref
                    ref-type="bibr" rid="CIT10">Boesten y Fischer, 2012</xref>, p. 3). En este
                sentido, la violencia sexual precedió y supervivió al conflicto, no pudiéndola
                considerar solo como una estrategia de guerra, porque fue normalizada y tolerada
                también en tiempos de paz.</p>
            <p>Respondiendo a la primera pregunta de investigación sobre el impacto de la violencia
                del CAI en las mujeres peruanas, es importante resaltar que, además de la violencia
                física padecida, las víctimas de violación sexual sufrieron graves traumas
                psicológicos, generados por la humillación que la misma violación supone y el
                deshonor que este delito, si se releva, haya podido causarles en el marco de su
                comunidad de pertenencia. En palabras de Ríos y Brocate (<xref ref-type="bibr"
                    rid="CIT49">2017</xref>, p. 84), de hecho, la violación de la mujer constituye
                una humillación tanto para el hombre como para la comunidad. En ese contexto, la
                mujer es considerada como propiedad del hombre y del conjunto colectivo (la
                comunidad): violar su cuerpo significa violentar a la comunidad. Esta concepción
                patriarcal de la sociedad y su consiguiente asignación rígida del rol hombre-mujer
                conlleva, sin duda, la revictimización de la misma mujer, la cual ante una violación
                sexual es repudiada por sus familias y marginada por el resto de la sociedad.</p>
            <p>En cuanto al impacto de las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales
                y los asesinatos, en muchas ocasiones, para las mujeres las pérdidas fueron
                múltiples, habiendo tenido que afrontar no solo la ausencia de un ser querido, sino
                también asumir solas la carga familiar, lidiar con el desplazamiento forzoso y la
                estigmatización social en el nuevo lugar de residencia.</p>
            <p>Respondiendo a nuestra segunda pregunta de investigación en torno al papel de las
                mujeres en el conflicto y posconflicto en Perú, gracias al análisis de las
                entrevistas, se puede afirmar que, a pesar de todas las injusticias sufridas, muchas
                de ellas han luchado contra la impunidad, siendo protagonistas de una interminable y
                desgarradora búsqueda de sus familiares y allegados, víctimas de la desaparición
                forzada y de las ejecuciones extrajudiciales. Podríamos, por tanto, concluir que
                muchas mujeres peruanas han sido y son un ejemplo cívico, gracias a la creación de
                un movimiento pacífico en defensa de los derechos humanos que, por un lado, ha
                intentado colmar la desatención del Estado hacia los afectados y, por otro, ha
                luchado y sigue luchando por una mayor efectividad del derecho a la verdad, a la
                justicia, a la memoria y a la reparación.</p>
            <p>Los resultados parciales obtenidos en esta investigación preliminar, con toda
                seguridad, constituyen un punto de partida para próximos trabajos que exploren cómo
                promover el diseño de políticas públicas a fin de reducir las discriminaciones del
                posconflicto peruano, sobre todo las ejercidas a daño de sujetos vulnerables como
                las mujeres, víctimas de la violencia y, en su mayoría, pertenecientes a comunidades
                indígenas y campesinas.</p>
        </sec>
    </body>
    <back>
        <title>Notas</title>
        <fn-group>
            <fn id="NOTE1">
                <p>1. Cuando se examina la violencia contra la mujer durante el CAI peruano no se
                    puede olvidar que entre 1996 y 2000 el gobierno de Alberto Fujimori implementó
                    una campaña de control demográfico con el fin de reducir el número de
                    nacimientos en los sectores más pobres de Perú. En consecuencia, más de 272.000
                    mujeres fueron esterilizadas mediante la ligadura de trompas (<xref
                        ref-type="bibr" rid="CIT39">La Vanguardia, 2021</xref>). Se estima que
                    muchas de ellas, en su gran mayoría campesinas e indígenas de escasos recursos,
                    fueron esterilizadas contra su voluntad. Tales delitos han tardado más de 20
                    años en llegar a los tribunales, ya que solo a principio de 2021 ha empezado el
                    juicio contra Alberto Fujimori y sus exministros de Sanidad, entre otros altos
                    cargos, por lesiones graves contra 1.300 personas y la muerte de cinco personas
                    a causa de la esterilización forzosa (<xref ref-type="bibr" rid="CIT35">El
                        Comercio, 2021</xref>).</p>
            </fn>
            <fn id="NOTE2">
                <p>2. La mujer peruana en el CAI, además de víctima, en ocasiones ha sido un actor
                    activo ante la violencia, siendo miembro de los grupos subversivos (<xref
                        ref-type="bibr" rid="CIT33">Díaz, 2016</xref>) o de los comités de
                    autodefensa (<xref ref-type="bibr" rid="CIT11">Boutron, 2014</xref>).</p>
            </fn>
            <fn id="NOTE3">
                <p>3. La violencia sexual ha sido definida por la CVR como «la realización de un
                    acto de naturaleza sexual contra una o más personas por la fuerza o mediante la
                    amenaza de la fuerza o mediante coacción, como la causada por el temor a la
                    violencia, la intimidación, la detención, la opresión psicológica o el abuso de
                    poder, contra esa(s) personas u otra persona o aprovechando un entorno de
                    coacción o la incapacidad de esa(s) personas de dar su libre consentimiento»
                        (<xref ref-type="bibr" rid="CIT25">CVR, 2003d</xref>, p. 264).</p>
            </fn>
            <fn id="NOTE4">
                <p>4. Caso Loayza Tamayo <italic>vs.</italic> Perú (<xref ref-type="bibr"
                        rid="CIT16">Corte Interamericana de Derechos Humanos, 1993</xref>).</p>
            </fn>
            <fn id="NOTE5">
                <p>5. Caso Anzualdo Castro <italic>vs.</italic> Perú (<xref ref-type="bibr"
                        rid="CIT17">Corte Interamericana de Derechos Humanos, 1994).</xref></p>
            </fn>
        </fn-group>
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            <title>VI. REFERENCIAS</title>
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                        cuartel militar Los Cabitos y presidenta de la Asociación Nacional de
                        Familiares de Secuestrados, Detenidos y Desaparecidos del Perú
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                    <source>Hermana de Luis Enrique, desaparecido en 1992 en la Universidad La
                        Cantuta (Lima) y directora de Operaciones de EPAF, reconocida activista de
                        derechos humanos y familiar de las víctimas del caso «La Cantuta».</source>
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                        directora de la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH).</source>
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                    <source>Hermana de Kenneth Ney, víctima de desaparición forzada, cuyos
                        responsables fueron miembros del Servicio Nacional de Inteligencia en
                        1993.</source>
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                    <source>Hija de Rigoberto Buendía, asesinado en 1990 en la comunidad asháninka
                        en la selva amazónica (departamento de Junín) por agentes
                        indeterminados.</source>
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                    <source>Hija de Efrén Yangali que, en 1988, víctima de desaparición forzada en
                        el departamento de Huancavelica junto con su hermano Rómulo Yangali y su
                        primo Fortunato Yangali, cuya responsabilidad fue atribuida a efectivos de
                        la Policía Nacional. Es presidenta de la Asociación Nacional de Familiares
                        de Asesinados, Desaparecidos, Ejecutados Extrajudicialmente, Desplazados y
                        Torturados (ANFADET - Casos CIDH).</source>
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